miércoles, 24 de marzo de 2010

EL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES ABOGADO/CLIENTE


El 14 de Octubre del año pasado, escribí un artículo relativo a SITEL, en el que hablaba de las comunicaciones Abogado/cliente que se habían obtenido por mandamiento del Magistrado Sr. Garzón y que a mi juicio violaban un derecho constitucional cual es el secreto de las comunicaciones abogado/cliente. Terminaba este artículo diciendo que "no me sorprendería nada que se solicitara la nulidad de las escuchas obtenidas en el caso Guetel, en las que se habría privado del derecho de defensa a los presuntos implicados".

Hoy, en el diario El País he leído una nota en la que se informa que la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tomado la decisión de anular el grueso de las conversaciones grabadas en la cárcel entre los dos cabecillas de la red y sus abogados. Esto, hace que la errónea decisión que en su momento adoptó el Sr. Garzón, se transforme ahora en un serio obstáculo en la instrucción del caso Gurtel y consiguientemente en un problema para perseguir a los presuntos responsables.

Concluyo por tanto diciendo que, al margen de valoraciones políticas partidistas, el Magistrado Sr. Garzón, una vez más, jurídicamente ha tomado una decisión arbitraria que, contrariamente a la efectividad que se precisa para perseguir un delito, ha hecho que se obscaculice la correcta instrucción, algo de lo que los únicos beneficiados, son los presuntos responsables.

¿no es esta una prueba mas de que el Magistrador Sr. Garzón, debe de ser apartado de la carrera judicial?

miércoles, 17 de marzo de 2010

LOS LUNES AL FRIO


Si, si, aunque también va de desempleados, el título no es como el de la película "los lunes al sol". Se trata de las colas que los lunes a primera hora suelo ver delante de la Oficina de Empleo de la calle General Zubillaga, donde un gran número de desempleados, como consecuencia del riguroso invierno que hemos tenido, esperan en la calle, ateridos de frío, a que unos indolentes empleados terminen de fumarse su pitillo, riéndose divertidamente y comentando lo bien que lo han pasado el fin de semana (eso sí, bien abrigaditos y resguardaditos tras la puerta de acceso a las oficinas, ya que aunque allí no se puede fumar, en la acera hace mucho frío).

Hablo de los lunes y no de otros días de la semana, porque es cuando mas colas observo, probablemente porque es el jueves o el viernes cuando las empresas rescinden mas contratos de trabajo. (el lunes ya no vengas a trabajar).

Me molesta que esa pobre gente (en su mayor parte inmigrante), además del frío climático, sufra la heladora consecuencia de estar sin trabajo, y además de todo eso padezca la frialdad e insensibilidad de unos funcionarios que no tienen la mas mínima delicadeza, que aun cuando se pueden ver sus pantallas de pc tras los grandes escaparates, no se esconden para estar leyendo prensa digital o navengando por la red para su divertimento mientras los usuarios están en la calle esperando.

Tampoco se esconden para tener las divertidas tertulias que mantienen cuando están fumando en el soportal de la oficina, mientras a su lado una pobre gente aterida de frío, los mira tristemente, esperando a que alguien los deje pasar, porque eso sí, cuando alguien trata de dar un paso mas, inmediatamente recibe la advertencia de alguno de los funcionarios fumadores para que ceje en su intento y vuelva a la cola.

Habiendo como hay sitio, ¿cómo se puede tener tan poca sensibilidad para no permitir que esa pobre gente, haga cola y espere en el interior de las instalaciones?. ¿cómo se puede permitir que se haga lo que hacen esos funcionarios indolentes e insensibles?. Por favor, mas respeto con esos pobres deseempleados.

sábado, 13 de marzo de 2010

UNA RECIENTE SENTENCIA LEGITIMA LAS DESCARGAS POR E-MULE

Una reciente e interesante sentencia de fecha 9 de Marzo pasado, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona, aparte de dar un varapalo a la SGAE, viene a reconocer la legalidad de las descargas que los particulares realizan utilizando el conocido E-mule.

El procedimiento se inició por la demanda que la SGAE presentó contra el propietario de la conocida página web http://www.elrincondejesus.com/. Esta página proporcionaba enlaces a la red P2P E Donkey2000 que utiliza el famoso programa de descargas E-Mule.

El Magistrado argumenta en su sentencia que, en sentido amplio, el sistema de enlaces constituye la base misma de internet y que el gran almacén que son las redes P2P no está prohibido en nuestro ordenamiento jurídico ya que no vulneran la Ley de Propiedad Intelectual. Y esto es así porque la copia de la obra, una vez descargada mediante el sistema de intercambio privado, va a quedar guardaba en el disco duro de un ordenador, o en un disco externo, o bien es grabada en un CD o DVD recargable y es preciso recordar en este punto que por tratarse de elementos susceptibles de recibir copias privadas de obras protegidas, todos estos instrumentos y aparatos ya están gravados con el correspondiente cánon o compensación equitativa a que se refiere la Ley de Propiedad Intelectual y que redunda en beneficio de la SGAE y en general en beneficio de los titulares de los derechos de explotación de la obra.

La sentencia también argumenta que no hay copia pública porque la red lo que hace es acceder a un ordenador que lo descarga de otro usuario y que no se puede saber si ese usuario ha adquirido la obra de modo lícito. Además de todo esto también sostiene que puede que hayan archivos no protegidos u obras que ya no son objeto de protección o incluso obras cuya protección no ha sido encomendada a la SGAE.

No ha de olvidarse que se trata de un mero intercambio de archivos entre particulares, sin ánimo de lucro directo o indirecto, a través de un medio como es Internet que a diferencia de otras tecnologías obsoletas se ha tornado en masivo y de ámbito mundial, como también lo es la distribución por el mismo medio, publicidad, acceso y comunicación autorizada de obras, por los autores y gestores con los correspondientes beneficios económicos de difusión cultural.

Se trata de una interesante sentencia en vía civil, que por un lado frena la muchas veces desmedida ambición de la SGAE que quiere erigirse en representante global de todos los creadores, aunque no sean socios suyos, y por otro deja muy claro algo tan evidente como es que resulta muy complicado poner barreras en internet. Además yo añadiría que internet y el mundo real se parecen en mucha medida, y al igual que si yo compro un CD y después de escuchar su contenido, lo voy prestando a amigos sin que por ello legalmente tenga que pagar al creador, la situación es la misma que si dejo en mi pc esa grabación que compré legalmente y permito que a través de la red, esos amigos accedan a ella. La diferencia sólo está en el préstamo masivo que puede hacerse a través de la red.

viernes, 12 de marzo de 2010

CUIDADO CON LA REPUTACION VIRTUAL


Internet y mas concretamente las redes sociales, se han convertido en un gran escaparate en el que puede estar nuestra imagen y con ella nuestro prestigio personal o profesional. Por ello al igual que es importante tener buenos modales, vestir de modo adecuado o comportarse en público de modo correcto, también es muy importante cuidar nuestro "rastro virtual".


Actualmente, los departamentos de Recursos Humanos de muchas empresas recurren a la red para buscar información personal de los candidatos que van a seleccionar para ocupar determinados puestos de trabajo y por ello no debería de sorprender que muchos vayan a ser descartados, pese a su buen currículum, por encontrar en su perfil de Facebook fotografías y comentarios de ciertas juergas corridas en los últimos tiempos, o por colgar contenidos críticos o discriminatorios.



Por tanto, seamos cuidadosos con lo que se dice y cuelga en las redes sociales. Es muy importe que tratemos de construir una buena "reputación on-line ya que además de una cuestión de imagen, pueden estar en peligro las relaciones sociales y el propio trabajo. Para ello es muy importante que se reflexione y se tenga cuidado con lo que se publica ante el riesgo de que pueda verlo tu propia empresa.


Igualmente es muy importante activar las opciones de privacidad que tienen las redes sociales y tener mucha cautela con las fotos que se suben. Concretamente Facebook tuvo un grave error que hizo que muchas fotos privadas fueran vistas por cualquier usuario de la red. Ha de tenerse en cuenta también que esas fotos pueden ser subidas por el mismo interesado o por alguno de esos amigos que participaron en la juerga común.


En definitiva, no sólo hay que ser bueno, sino que además hay que parecerlo, y por lo tanto es muy importante curarse de sorpresas desagradables para mantener una buena imagen, para tener una buena relación social, para facilitar la búsqueda de empleo y para no poner en peligro el puesto de trabajo. Así que, cuidemos nuestra reputación virtual. Seamos cautelosos con lo que se sube a la red.

martes, 9 de marzo de 2010

ILUSION

No sé si es que hoy tengo un mal día, o que soy muy pesimista o que lo que ocurre es que no soy capaz de encontrar noticias buenas, para generarme positivismo o ilusión. Hasta ahora, todo lo que oigo, leo y veo, pinta realmente mal.

Por un lado veo un Gobierno desnortado, presidido por un optimista antropológico, en el que hoy un ministro dice que pintan copas y al día siguiente va otro y dice que no, que lo que pintan son bastos. Unos ministros débiles que hacen que la política exterior, la educación, la igualdad o la vivienda, hagan aguas por todos lados. Un presidente que ayer aparece en la Televisión Española diciendo que se siente responsable de las personas que han perdido el empleo porque "no supo prever la crisis". Ese presidente que repite hasta la saciedad que en el próximo trimestre ya vamos a salir a flote, pero es incapaz de aplicar medidas contundentes, limitándose lisa y llanamente a que pase el tiempo, que las cosas mejoren por si solas y que de este modo llegue a las próximas elecciones en buena situación.

Por otro lado veo a una oposición que no sale de una guerra para meterse en otra, salpicada por la corrupción y dirigida por un hombre ambiguo, que o no quiere o no es capaz de plantear medidas concretas. Me quedo con la sensación de que lo que le interesa a la oposición es que este país se hunda aun mas para poder ganar las elecciones y gobernar. Y, claro, así es imposible llegar a ningún pacto de estado.

Delante de este ineficaz gobierno, de una no menos eficaz oposición, y de unos sindicatos paniaguados del gobierno, nos encontramos con un desempleo que sigue creciendo y que ya supera con mucho los cuatro millones de parados. Nos encontramos con el escalofriante dato de 172.000 empresas que han cerrado. Nos encontramos con un déficit público descomunal. Nos encontramos con una banca que no hace fluir el crédito. Nos encontramos con una inminente subida de impuestos que será un lastre para el crecimiento y la generación de empleo. Nos encontramos en definitiva con una situación económica lamentable y sin visos de poder recuperarse a corto y medio plazo.

Si miro hacia la Justicia, su panorama es desolador. Además de la ya tradicional carencia de recursos, medios materiales e infraesctructuras modernas, nos encontramos con una Adminsitración politizada como nunca estuvo hasta ahora. Nos encontramos con un Consejo General del Poder Judicial que ayer exigía a Zapatero y a los políticos, el máximo respeto a su independencia. Nos encontramos con unos jueces que se zancadillean los unos a los otros para defender esos intereses políticos. Nos encontramos con un manifiesto de 1.400 jueces que salen a la palestra reclamando esa independencia judicial. Nos encontramos con unos Fiscales que, al depender jerárquicamente del Gobierno, en unos casos actúan de un modo y en otros, en razón del color político, actúan de otro. En definitiva, en vez de estar en un "estado de derecho", en España se está derivando peligrosamente hacia el "derecho del Estado".

Si pongo la vista en la educación que habría de ser clave para el futuro de nuestros hijos, las cosas tampoco pintan nada bien. Tenemos unos programas educativos manipulados por intereses políticos. Tenemos a unos profesores desencantados y sin ninguna autoridad en las aulas. Tenemos una gran pérdida del nivel educativo con un importante índice de fracaso escolar. Tenemos unas universidades cada vez mas mediocres y con unos programas educativos muy alejados de las necesidades que las empresas demandan (no en vano la cuarta parte de los licenciados universitarios o están en desempleo o trabajan en actividades que nada tienen que ver con los estudios que realizaron).

Por si fuera poco este desolador panorama, amanecemos con un frio horrible y con titulares tales como "el invierno mas duro del siglo no da tregua". Amanecemos también con la noticia de otro terremoto en Turquia y con informaciones relativas a que los tres terremotos habidos están relacionados y que se espera otro de mayores dimensiones aun. O sea, que además de todo lo malo que tenemos en el ruedo económico y político, ni tan siquiera podemos ponernos al sol para calentar un poquito, o dormir tranquilos por la incertidumbre de que un nuevo terremoto puede alcanzarnos.

Como decía al principio ¿es que yo tengo un mal día? ¿es que soy muy pesimista? o ¿es que las cosas están realmente tal mal como se pintan?. En fin, espero que la primavera llegue pronto, que los brotes verdes empiecen a salir y que podamos empezar a ilusionarnos nuevamente.

miércoles, 3 de marzo de 2010

El Tribunal Supremo pone contra las cuerdas al Sr. Garzón



He venido escribiendo algunas entradas sobre el mediático Magistrado Sr. Garzón, por causa de su particular cruzada contra los crímenes del franquismo. A saber: El Juez Garzón colapsa Juzgados y Policía Judicial; Para este viaje no hacían falta alforjas, o El Magistrado Sr. Garzón toma su propia medicina.


Ahora, acabo de analizar el Auto de ayer 3 de Marzo, dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en la Causa Especial 2048/2009 que se sigue por la querella presentada contra el Sr. Garzón, a causa de su ya famoso procedimiento para perseguir los crímenes del franquismo y veo que en esencia esta resolución recoge gran parte de las argumentaciones que yo sostenía en mis entradas. Unicamente echo en falta que además del presunto delito de "prevaricación" no se haya planteado también un abuso de derecho y una reclamación por perjuicios patrimoniales al Estado, debido a la ingente cantidad de medios que movilizó con un alto costo económico. Pero, en cualquier caso, lo que observo es que resulta realmente demoledor para el Magistrado.


Ante la acusación de los querellantes por "el artilugio jurídico montado, prescindiendo del procedimiento establecido, de la irretroactividad de la ley penal, de la Ley de Amnistía de 15 de Diciembre de 1977 y de los propios actos y autos del Magistrado (se refiere la acusación a las diligencias indeterminadas 70/88 por los hechos de Paracuellos del Jarama, en los que se sobreseyó el procedimiento)", el auto que ahora voy a comentar de modo sintético, fundamenta lo siguiente:

Objeto de la causa: Queda delimitado en la adopción de plurales decisiones que por múltiples motivos se califican como opuestas al ordenamiento jurídico, desde la consciencia de dicha antijuridicidad y por ello, eventualmente constitutivas de un delito de prevaricación.


Datos penalmente relevantes:

  • El contenido del Auto dictado por el Magistrado querellado el 19 de Diciembre de 2006, incoando diligencias previas.

  • El informe del Ministerio Fiscal de 1 de Febrero de 2008 contrario a la competencia del Magistrado y a la admisión de nuevas denuncias.

  • La magnitud de la información recabada por el Magistrado, antes de resolver sobre su propia competencia, mediante múltiples proveidos que ordenaban a numerosas instituciones información sobre desaparecidos, exhumaciones, etc.

  • El contenido del Auto de 16 de Octubre de 2008 en el que el querellado asume la competencia, pese a los escollos que representaban la irretroactividad de la norma, la prescripción de los delitos y la extinción de la responsabilidad penal por razón de la Ley de Amnistía.

  • El contenido del Auto de 18 de Noviembre de 2008 dictado cuando por el Ministerio Fiscal, dos días antes, ya se había interpuesto recurso de apelación contra el anterior Auto de 16 de Octubre, en el que se inhibe a favor de múltiples juzgados, al tiempo que declara extinguida la responsabilidad de diversas personas.
Datos verificados por el Tribunal.
  • El querellado decidió incoar diligencias previas, pero no hace el mas mínimo esfuerzo en calificar el delito y aunque acuerda oir al Ministerio Fiscal, aplaza tal decisión.

  • Durante el extenso periodo que va desde Diciembre de 2006 a Octubre de 2008, el Juez instructor querellado no promueve la mas mínima actuación procesal de investigación, ni dispensa la mas mínima protección a denunciantes o víctima alguna.

  • En 7 de Noviembre de 2007 se presenta ante el Consejo General del Poder Judicial una queja por el retraso en la tramitación de la causa. Entonces, el 16 de Noviembre de 2007, tras once meses de inactividad procesal, ordena ya el traslado al Ministerio Fiscal para que evacúe su informe sobre competencia de la Audiencia Nacional. Este informa que no procede admitir a trámite las denuncias y que la Audiencia Nacional no es competente. Añade que la Ley de Amnistía es aplicable en toda su extensión y que la tipificación de delito de lesa humanidad no es susceptible de aplicación retroactiva. (entre tanto las Cortes Generales aprobaron la Ley de Memoria Histórica, que resultaba adecuada para la protección de quienes padecieron persecución y violencia durante la guerra civil).

  • La información recabada antes de resolver sobre su propia competencia que implícitamente ya había asumido un año y medio antes, resulta de una magnitud tal que resulta realmente difícil de cumplir.

  • Respecto al Auto de 17 de Noviembre de 2008, el querellado adopta una serie de decisiones que al mismo tiempo que persiguen alcanzar el objetivo fijado en la resolución recurrida por el Fiscal, obstaculizan objetivamente la pronta y previsible revocación de su resolución.

  • Finalmente, anticipándose a la previsible decisión que la Sala iba a tomar en el recurso presentado, dicta una resolución forzada en la que declara extinta la responsabilidad y se inhibe a favor de diversos Juzgados.

Resoluciones adoptadas por el querellado objetivamente contrarias a derecho


la competencia, es contraria a derecho. No existía objeto procesal que justificase la iniciación del procedimiento que tramió el Magistrado querellado.

a) La incoación de diligencias previas, a consecuencia de las denuncias presentadas, no estaba justificada ya que la investigación criminal debe de realizarse dentro de la jurisdicción del Juzgado territorialmente competente. Se justifica aun menos la congelación a la que ha sometido el procedimiento.

b) Se desconsidera el informe del Ministerio Fiscal

c) Se inicia una desmedida investigación que presupone ya la asumción de competencia. Además, su decisión de asumir posteriormente

d) La consideración del contexto como delito de lesa humanidad no autoriza a reavivar una responsabilidad penal ya extingida por prescripción y por amnistía.

e) Es manifiestamente irrazonable ignorar la prescripción de los delitos de detención ilegal, sin dar razón del paradero de la víctima.

f) Es manifiestamente contrario a derecho no excluir la relevancia penal de los hechos denunciados por la Amnistía establecita en la Ley de 1977. La amnistía eliminó la responsabilidad y los efectos penales por la comisión de delitos de intencionalidad política.

g) No es conforme con el ordenamiento jurídico que el Magistrado querellado acceda a una manipulación del procedimiento penal y menos aun si esta manipulación llega hasta el extremo de asumir tareas cuya competencia ha sido legalmente atribuída al ámbito administrativo.

h) La resolución de 18/11/2008 no justifica las decisiones que adopta ni la adopción de estas justifica que se dictara aquella resolución, ya que la declaración de extinción de responsabilidad penal por fallecimiento es una decisión notoriamente ajena a la competencia del Magistrado querellado. Tampoco era jurídicamente procedente la inhibición a favor de otros Juzgados para que estos investigaran delitos prescritos y amnistiados.

i) El querellado persistió en su contumaz pretensión de que se siguiera causa penal para investigar delitos de detención ilegal, que fueron una simple excusa argumental para las actividades de control y localización de fosas y de práctica de exhumaciones.


Probabilidad sobre el elemento subjetivo de prevaricación

a) Que el querellado era consciente de que carecía de competencia para instruir la causa.

b) La congelación del procedimiento

c) Que el querellado era consciente de que no existían hechos con relevancia penal que justificaran la incoación del procedimiento

d) El querellado pudo actuar con la voluntad de asumir en su jurisdicción, funciones que la Ley atribuía a las Administraciones Públicas (controlar la realización de exhumaciones).

e) Que el querellado, para conseguir el fin anterior, manifestó reiteradamente su voluntad de hacer inefectiva la voluntad de la sociedad democrática y los poderes legítimos y democráticos del Estado habían expresado en la Ley de Aministía de 1977.



CONCLUSION

El examen de las actuaciones ha revelado como hecho probable que el Magistrado querellado actuó con la finalidad de eludir la decisión del legislador sobre el régimen de localización y exhumación de las víctimas de los horribles crímenes del franquismo, eregidos en aparente objeto del procedimiento, sabiendo que estos habían sido objeto de amnistía por las Cortes democráticas de España, cuya voluntad decidió conscientemente ignorar u orillar. Tal hecho puede ser constitutivo de un delito de prevaricación del artículo 446-3º del Código Penal. Hecho este por el que ha sido admitida la querella. No ha lugar por tanto al sobreseimiento de la causa.

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Tras la lectura de este extracto del Auto estarán Vdes. de acuerdo conmigo que el Sr. Garzón está acorralado contra las cuerdas. Si a esto añadimos los otros dos procedimientos que ya tiene abiertos en el Tribunal Supremo, la situación se le complica aun mas. Probablemente el Consejo General del Poder Judicial terminará apartándolo y probablemente estemos ante el ocaso de un Juez superestrella.
Yo no voy a quitar los méritos que el Sr. Garzón tuvo cuando de modo eficaz persiguió el terrorismo de ETA o a las redes de narcotráfico. Lo que critico es que en un momento determinado entró en la vida política y tras una corta estancia sin que sus aspiraciones políticas fueran colmadas, regresó a su Juzgado y apareció ese Magistrado parcial a la vez que estrella, que instruía procedimientos que le hacían famoso mediáticamente, al tiempo que dejaba en el último cajón aquellos otros que no tenían suficiente relevancia.

Entiendo en definitiva que por el bien de la justicia y del estado de derecho, el Magistrado Sr. Garzón finalmente tiene que ser apartado de la carrera judicial.