viernes, 21 de diciembre de 2012

ALGO QUE CONVIENE RECORDAR AL SR MAS

Hoy, el Sr. Mas ha tomado posesión como Presidente de la Generalitat, y como era de esperar, en diferentes medios de comunicación siguió alardeando de su loco proyecto soberanista. Por eso, y como igual el Sr. Rajoy sigue estando muy ocupado en seguir aplicando recortes a los ciudadanos, que es lo que a el le importa, voy a tratar de sugerirle que tiene que hablar con el Sr. Mas para recordarle algunos preceptos de la Constitución Española y del Código Penal.
 
Artículo 1.2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.   Por tanto, la soberanía catalana reside en el pueblo español y en los poderes del Estado.
 
Artículo 4.2:  Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bendera de España en los edificios púbicos y en sus actos oficiales.  Así que Sr. Mas, vaya poniéndose manos a la obra y colocando la bandera española en todos los sitios.
 
Artículo 8.1: Las Fuerzas Armadas tienen como misión.....defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Así que Sr. Mas, ándese con tonterías que le mando al ejército para que actúe.
 
Artículo 45:  Los acuerdos de cooperación entre Comunidades Autónomas (por ejemplo País Vasco)... necesitarán la autorización de las Cortes Generales.
 
Artículo 155.1: Si una Comunidad Autónoma no compliere las obligaciones que la Constitución y otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma..... podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquellas al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.  Por tanto, Sr. Mas... a cumplir y sin rechistar eh.
 
Por si fueren pocos los preceptos constitucionales, también tenemos un Código Penal que en el artículo 472 y siguientes, tipifica el delito de Rebelión.
 
Artículo 472.5: Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
....Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
 
O incluso el artículo 506 que tipifica como delito : La autoridad que careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general será castigado con la pena de prisión....
 
Por todo ello, Sr. Rajoy, hable con el Sr. Mas y dígale que se atenga a las consecuencias,  y que si sigue adelante con su locura, será procesado, encarcelado y enviará al Ejército para que restablezca el orden constitucional, si es que alguno de sus socios pretende seguir adelante con el descabellado proyecto soberanista.
 Igualmente, de instrucciones ya al Fiscal General del Estado para que empiece a intervenir. Ya tiene material mas que suficiente en las hemerotecas para actuar tras sus reiteradas manifestaciones.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

1 comentario:

  1. Igual da. Aquí nadie hace nada. Hoy veo la noticia de que han quitado la bandera de España en algunas comisarías de los Mossos de Escuadra. ¿qué han hecho los políticos?. nada. de nada de nada.
    Es vergonzoso.

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