jueves, 10 de junio de 2010

PREVENCION DE LA PIRATERIA Y FRAUDE FISCAL





Una de las principales manifestaciones de piratería de software es el uso de programas de ordenador en el ámbito de las empresas, sin la correspondiente licencia de fabricante o en un número de copias superior al autorizado por el fabricante.

Teniendo en cuenta las consecuencias tan perjudiciales de este tipo de piratería y la competencia desleal que de ella se deriva, la Asociación Business Software Alliance BSA -como coordinadora de las acciones legales contra aquellas empresas que incumplen las leyes sobre derechos de autor y hacen mal uso de las licencias de software- y la Agencia Estatal de Administración Tributaria -en aplicación del Plan de Prevención del Fraude Fiscal- han firmado un Acuerdo de Entendimiento para prevenir el fraude fiscal a la vez que se combate la piratería.

BSA pasa a colaborar con la Agencia Tributaria proporcionándole apoyo técnico durante las comprobaciones e inspecciones a los presuntos infractores. Al tiempo, la Agencia Tributaria, dentro de sus planes de actuación y en particular cuando reciba información sobre la existencia de posibles fraudes, realizará los controles que sean procedentes sobre las posibles irregularidades que se detecten en el ámbito del sector de software, con vistas a investigar la existencia de fraude fiscal por parte de los suministradores y usuarios de programas informáticos.

Fruto de este acuerdo, en el que EQUIFAX colabora como proveedor de la base de datos de empresas, en estos últimos días, BSA está remitiendo una comunicación a muchas empresas en la que informa que "Business Software Alliance" (BSA), está integrada por las más importantes compañías de producción de software a nivel mundial, entre las cuales cabe destacar Adobe, Altium, Apple, Asseco Poland S.A., Autodesk, AVEVA, Bentley Systems, CNC, Corel, Dassault Systèmes, SolidWorks Corporation, Microsoft, Panda Security, Progress Software, Siemens, Sage, Symantec, Tekla y The MathWorks.

Estas compañías son titulares exclusivas de los derechos de propiedad intelectual sobre sus respectivos productos de software. A través de BSA, actúan para asegurar que los licenciatarios de sus productos de software utilizan dichos productos de forma legal, en cumplimiento de las leyes de propiedad intelectual y de protección de programas de ordenador españolas.

La legislación española de Propiedad Intelectual establece que las actividades de reproducción, uso y distribución de software deben realizarse con la correspondiente autorización del propietario del copyright sobre el mismo. El Código Penal castiga las actividades de reproducción y distribución no autorizadas de software, como delito contra los derechos de propiedad intelectual, con multas de hasta 216.000 euros y penas de hasta cuatro años de prisión. Por otra parte, la legislación de Propiedad Intelectual faculta al titular del copyright del software para exigir las indemnizaciones por los perjuicios que se le causen, derivados de las actividades de uso, distribución y reproducción de los programas de su propiedad, realizadas sin su autorización.

Para más información sobre los riesgos legales y las posibles acciones judiciales derivadas del uso de software sin licencia, BSA invita a visitar la página web http://www.bsa.org/, donde se encontrará, en el apartado de “Herramientas y Recomendaciones”, información detallada sobre dichos riesgos y los peligros que suponen para las empresas.

No obstante, siendo conscientes de que en determinadas circunstancias en que se han detectado infracciones derivadas de uso no autorizado de software, los administradores de las compañías involucradas no han tenido la oportunidad de tener en cuenta sus implicaciones y responsabilidades correspondientes, BSA brinda la oportunidad de realizar una revisión de la situación del uso de programas de ordenador en la empresa. Como resultado de dicha revisión, y partiendo de la información que las empresas suministren, BSA emitiría un informe en el cual se indicaría:

1. Identificación de los posibles usos de programas de ordenador sin la correspondiente licencia del fabricante.
2.-Riesgos legales y económicos derivados de los posibles usos sin licencias.
3.-Posibles alternativas para reducir o eliminar los riesgos anteriores.

La información que la empresa suministre sería tratada con la debida confidencialidad y no sería utilizada para el inicio de acciones legales por BSA, salvo que la misma no adopte medidas correctoras, en un tiempo prudencial, en el supuesto de que se detectasen posibles situaciones de uso de software sin licencia como resultado de la revisión realizada.

Si la empresa está interesada en la realización de dicha revisión puede visitar el portal http://www.ventajasobjetivas.com/ donde podrá registrarse y completar la información necesaria para que puedan emitir su informe, o si desea más información, puede ponerse en contacto con BSA en el teléfono 900 300 007, de lunes a viernes, desde las 9:00 hasta las 14:00 horas.

Además, en el portal http://www.ventajasobjetivas.com/, podrá obtener más información sobre los riesgos derivados del uso no autorizado de programas de ordenador, así como de las ventajas de utilizar software legal.

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