jueves, 3 de diciembre de 2009

ALGUNAS CONSIDERACIONES AL MANIFIESTO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN INTERNET


Al conocerse el polémico Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible que, en su Disposición Final Primera, modifica determinados artículos de la Ley de Propiedad Intelectual y de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, empezamos a desayunarnos con alarmantes noticias de prensa en las que se decía que con la Ley de Economía Sostenible, el Gobierno podía cortar internet a los ciudadanos, sin ninguna intervención judicial. A partir de ahí empezaron a aparecer todo tipo de comentarios en la red. También empezó a circular un Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en internet.

Tras leer calmadamente este Manifiesto, he de decir que sólo puedo suscribir algunas de las manifestaciones, ya que además de resultar bastante exagerado y sensacionalista, tiene muy poco rigor jurídico.

Al tiempo, he participado en las discusiones de Derecho en Red y he visto las fundadas opiniones de profesionales como Andy Ramos, David Maeztu, Sergio Carrasco o Javier Prenafeta, que aportaron claridad, rigor jurídico y precisión.
En este punto, conviene aclarar que las modificaciones que se pretenden introducir en la Ley de Propiedad Intelectual y en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, resultan de todo punto de vista improcedentes, ya que nada tiene que ver la economía sostenible con las descargas mediante internet que hacen los particulares. Todo da lugar a entender que lo que pretenden estas modificaciones, es perseguir a esos prestadores de servicios que puedan utilizar contenidos de terceros para crear su propio negocio.
Ha de aclararse que la Disposición Final I de la LES, prevé la creación de una Comisión de Propiedad Intelectual, a la que atribuye competencias de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de la información. Tal y como está redactado, no queda suficientemente claro si esta Comisión puede ordenar el cierre de páginas Web, pero parece lógico pensar que esto sólo podría llevarse a efecto por resolución judicial. Por tanto, es verdaderamente dificil que esto prospere en el debate parlamentario.

El artículo 8 LSSI establece que los órganos competentes podrán adoptar las medidas necesarias para interrumpir la prestación de un servicio de la sociedad de la información que vulnere derechos de propiedad intelectual. Estas medidas necesarias no podrán afectar a la protección de datos, a la intimidad, a la libertad de expresión y a la libertad de información, áreas en las que inexcusablemente la intervención de un Juez es necesaria.
Creo que lo que causa alarma y miedo a los ciudadanos es que la Ley de Propiedad Intelectual, tras la reforma introducida por este Anteproyecto puede prohibir la utilización de las redes P2P y este es un tema que conviene dejar muy claro. Una cosa es el cierre de una página Web que provea enlaces a archivos protegidos por la propiedad intelectual, y otra muy distinta es el derecho de un ciudadano a que no se le prive de su acceso a internet aun cuando esté accediendo a páginas de enlaces.

Entiendo que el anteproyecto no se dirige a los usuarios de las Redes P2P a los que en modo alguno se les puede cortar su acceso a internet. Se está dirigiendo hacia esos portales que, con afan comercial, proveen enlaces a contenidos protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual. Así que, en este punto, los ciudadanos podemos estar tranquilos. Nadie nos va a cortar la conexión.
Además, contrariamente a lo que se dice en el Manifiesto que anda circulando por la red, lo que regula el Anteproyecto, no tiene nada que ver con la libertad de expresión, o de información o el acdceso a la cultura. Todos podremos seguir escribiendo, opinando, comentando y moviendonos por la red. Eso sí, sin vulnerar los derechos de otros ciudadanos referidos a la intimidad, el honor, la propia imagen, etc.etc.

Por todo esto, concluyo diciendo: Estemos tranquilos, este Anteproyecto, si es que llega a ver la luz, no nos va a quitar nuestro derecho de acceso a Internet.

5 comentarios:

  1. La verdad es que nos hemos puesto a publicar el Manifiesto sin pararnos a pensar detenidamente en su contenido. El terror a cortar el acceso a Internet ya salió hace unas semanas, e incluso quedó claro que se refería a los prestadores y no a los consumidores finales. Pero bueno, ya sabemos que a veces vamos demasiado rápido. Habrá que leer las cosas con más calma. Un saludo.

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  2. He leido el famoso manifiesto, que según parece está promocionado por periodistas. Está claro que está lleno de sensacionalismo y de alarmismo infundado. Pero bueno, ya sabemos a qué juegan los periodistas.

    Deberíamos de ser mas prudentes al opinar en los foros.

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  3. El manifiesto lo promovio un grupo de blogueros,periodistas y emprendedores de internet,no solo periodistas,y lo ha suscrito libremente mucha mas gente en internet.

    Sobre el alarmismo,en el texto de la disposición de marras se otorga a la Comisión la función de cerrar una web con lucro (ej este mismo blog) si hay vulneracion de propiedad intelectual (hay mas cosas q se podrian considerar asi q colgar canciones,p ej es lo q adujo ramoncin para q retiraran unos videos satiricos sobre el), y tb decidir si se acude o no al juez.
    Yo creo q es para alarmarse.

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  4. Por qué tenemos que alarmarnos tanto. Yo creo que exageramos mucho las cosas. Estamos frente a un anteproyecto de ley que tendrá que discutirse en las Cortes. Estoy convencido que esta nefasta ley no va a poder seguir adelante.

    Además, una cosa son los derechos de autor. Otra las páginas web que dan acceso a obras protegidas. Y otra muy distinta es el derecho constitucional que cualquier ciudadano español tiene a que no sea privado de su acceso a internet.

    creo que estamos confuidiendo churras con merinas.
    Carlos Suárez

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  5. Paso de manifiestos chorras.Menos manifiestos y mas debate parlamentario que es donde se tienen que resolver las cosas.

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