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lunes, 12 de enero de 2015

¿DE QUIEN ES LA MEZQUITA DE CÓRDOBA?

Cuando los políticos tienen graves problemas que no saben resolver, son grandes especialistas en confundir al ciudadano, echando botes de humo y creando otros problemas artificiales, para intentar despistar a la opinión pública. El sábado pasado, en un programa de la Sexta Noche, la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, vino a defender que la Catedral-Mezquita de Córdoba tiene que ser de titularidad pública, al considerar que no es ni legítimo, ni razonable que la Iglesia Católica la haya puesto a su nombre “por 30 euros”. Con estas manifestaciones, cualquier común televidente podría interpretar que, por un módico precio de 30 euros, la Iglesia ha comprado la Mezquita.

En el ánimo de dejar las cosas en sus correctos términos, voy a tratar de situar la cuestión, primero en el aspecto histórico y después en la óptica jurídica:

La Mezquita-Catedral de Córdoba, sin duda, es el monumento más importante de todo el Occidente islámico. Históricamente, el lugar que hoy ocupa la Mezquita-Catedral, hubo construcciones religiosas dedicadas al culto de diferentes divinidades. Bajo la dominación visigoda se construyó la basílica de San Vicente. Llega la invasión musulmana y se construye sobre su solar una primitiva mezquita, mezquita que fue evolucionando hasta representar completamente el estilo omeya de España.  Tras la reconquista, Fernando III el Santo dona la mezquita al Obispado de Córdoba. Empieza una nueva transformación de Mezquita a Catedral. Desde entonces (han transcurrido 700 años) este monumento ha ido evolucionando gestionado por la Iglesia Católica. El resultado de todo este proceso evolutivo es que en este monumento, considerado por la Unesco patrimonio de la humanidad, hay elementos constructivos visigodos, sustituidos después por la gran obra arquitectónica omeya, y completados más tarde con elementos cristianos.

Actualmente, este edificio que ha sido declarado bien de interés cultural en la categoría de monumento, que es uno de los espacios turísticos más visitados de España y que se le considera uno de los doce tesoros españoles, alberga el Cabildo Catedralicio de la Diócesis de Córdoba.

Veamos ahora los aspectos jurídicos de la titularidad de esta grandiosa obra arquitectónica: La  legislación decimonónica tenía establecido que los bienes de la Iglesia no podían inmatricularse a su nombre, pero nadie, ninguna institución, se cuestionaba si los bienes de la iglesia eran de dominio público o no. Todo el mundo entendía que, aunque no estuviesen inscritos en ningún registro, la titularidad era suya.  En 1998 se modifica la legislación de modo que, conforme al artículo 206 de la Ley Hipotecaria y el artículo 304 del reglamento de esta Ley, los obispos de la Iglesia Católica quedaban autorizados a emitir certificaciones de dominio sobre los bienes que la Iglesia considere suyos; y también por un Decreto del Gobierno, con la supresión del artículo 5 del Reglamento, esa facultad se amplió a edificios de culto, templos, ermitas y otros bienes que forman parte del patrimonio religioso.
Este artículo 206 de la Ley y 304 del Reglamento, habilitan un medio privilegiado de inmatriculación, por el que una autoridad eclesiástica –a la que se equipara como fedatario público-  puede expedir la certificación de dominio acreditando que el bien que se pretende registrar es propiedad de la Iglesia, todo ello mediante un procedimiento extraordinario que no requiere información pública, ni notaría, ni publicación de edictos y con un coste de tramitación que oscila entre los 25 y los 30 euros. Desde entonces se permite que los bienes que ya eran de la Iglesia, puedan ser inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad. Se pretendía entonces que la realidad jurídica de la propiedad, coincidiese con la realidad registral. Esta reforma legislativa daba un plazo de diez años para que cualquier institución pudiera reclamar la titularidad. Pasado ese plazo sin controversia, la propiedad quedaba adjudicada de modo definitivo a la Iglesia.

Tras estos razonamientos, me parece por tanto, que las pretensiones de la Presidenta andaluza de atribuir al dominio público algo que durante más de 700 años siempre perteneció a la Iglesia,  carecen del más absoluto rigor, tanto histórico como jurídico. No alcanzo a entender por qué quiere sacar ahora este debate sobre la Mezquita-Catedral.  De otra parte, si lo saca, este debate también tendría que extenderlo a todas las Catedrales, Mezquitas, Iglesias, Capillas, Tempos o Ermitas que tenemos en todo el territorio español.  Una cosa es que esa bella mezquita sea Patrimonio de la Humanidad, y otra cosa muy distinta es que la Junta de Andalucía pretenda que eso sea patrimonio suyo.

Sacando este ridículo debate ahora, apoyándolo además en que la Iglesia no paga IBI u otros tributos, está olvidando que la Iglesia Católica no paga esos impuestos, en virtud de los acuerdos firmados por todos los gobiernos democráticos con el Estado del Vaticano y que entre estos gobiernos fue ratificado concretamente por el Gobierno del Sr. Zapatero.  Y lo que me más me preocupa de esta discusión es que, con todos los problemas yihadistas que tenemos, quizá estemos provocando y abriendo una brecha para que ese mundo yihaidista reivindique como suyo ese Al Andalus soñado. Mejor es que dejemos esto quieto.


martes, 30 de diciembre de 2014

NO HAY DERECHO A QUE ME ESPIEN

La utilización de SITEL sin suficientes garantías jurídicas y ahora, las reformas legales que plantea el Gobierno, nos colocan en las antípodas de un sistema verdaderamente democrático

SITEL (Sistema integral de interceptación de las comunicaciones) es un poderoso sistema informático que permite la interceptación sin límite, de todas las telecomunicaciones que tienen lugar en España, y que es utilizado conjuntamente por las Direcciones Generales de Policía y Guardia Civil, así como por el CNI (Centro Nacional de Inteligencia). Además de interceptar las comunicaciones, permite recoger, sin autorización judicial previa, un paquete de datos conocido como “información asociada a la comunicación”. Tiene dos centros de monitorización y un entramado de redes asociadas y terminales remotos situados en las Comisarías de Policía, Comandancias de la Guardia Civil y dependencias del CNI.

Aun cuando se disponía de este avanzado sistema informático de detección, el gobierno de Aznar, al analizar los informes de los Ministerios de Justicia y de Defensa, y del Consejo General del Poder Judicial, que denunciaban importantes problemas de cobertura legal, decidió no ponerlo en funcionamiento, en cuanto que afectaba directamente al “secreto de las comunicaciones” y a que, además, la información asociada que recogía el sistema, podía afectar tanto a la intimidad personal como a la protección de datos de carácter personal. Nadie discutía en aquél momento la bondad de una tecnología que permitía perseguir la delincuencia organizada, de modo eficaz, pero por el contrario se discutían las insuficientes garantías jurídicas y técnicas tanto para preservar los derechos fundamentales de los ciudadanos a través del adecuado control judicial, como para garantizar la destrucción de datos no necesarios para un Tribunal, la exactitud de los archivos que se pongan a disposición judicial, y a la seguridad en la custodia y funcionamiento del sistema que debería de estar asignado a un órgano del Estado y no a una empresa externa.

En Marzo de 2004, el Gobierno de Zapatero entendió que “Los avances tecnológicos deben servir para mejorar la eficacia en la actuación de todos los agentes de la Administración en sus múltiples parcelas, desde la información y la inteligencia hasta el diseño y ejecución operativos” y en base a ello, sin dar la adecuada cobertura legal, decide poner en pruebas a SITEL y lo mantiene así hasta diciembre de ese año, que es cuando entra oficialmente en servicio. Llegados ya a esta última legislatura, vuelve a gobernar el PP y Rajoy decide mantener el sistema activo.

 Pero no termina aquí la cosa en cuanto a la insuficiencia de garantías jurídicas de las interceptaciones. El actual gobierno, decide apretar más la tuerca de los derechos fundamentales y saca adelante el proyecto para la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta reforma, de ser aprobada, volverá a poner en peligro el derecho al secreto de las comunicaciones,  que reconoce el artículo 18.3 de nuestra Constitución y que impide su interceptación, salvo que exista una previa autorización judicial. Este proyecto abre ostensiblemente el abanico de investigaciones o interceptaciones y lo amplia a los delitos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente. Y además, mete en un cajón de sastre a “otros delitos que en virtud de las circunstancias del caso puedan ser considerados de especial gravedad y existan razones fundadas que hagan imprescindible la intervención de las comunicaciones”.

¿qué pasará si prospera esta ampliación de supuestos? Pues lisa y llanamente que el legislador, a través de esta reforma, conculcaría los derechos a los que los ciudadanos somos acreedores constitucionalmente, forzando al texto constitucional a decir lo que en realidad no dice e introduciendo nuevos supuestos que la Constitución no recoge.

En efecto, constitucionalmente hablando, la intervención de las comunicaciones sin previa autorización judicial, ha de tener un carácter extraordinario, habida cuenta de que se trata de suspender el derecho fundamental de un ciudadano. Por ello, esta suspensión extraordinaria expresamente queda limitada a los delitos de terrorismo y crimen organizado. Por tanto, el objetivo que persigue el anteproyecto de reforma es introducir una vía por la que se puedan añadir otros supuestos y genéricamente quiere introducir los delitos de especial gravedad, pero sin especificar cuáles deben de comprenderse. No es válido además, que en la regulación que se pretende establecer, las autoridades gubernativas adopten medidas de interceptación y después de tomadas, las comuniquen al juez en el plazo de máximo de 24 horas. Lo correcto jurídicamente es que primero se solicite al juez la intervención de las comunicaciones y que, una vez obtenida esta autorización, se lleve a efecto. En esta línea ya se ha pronunciado el Tribunal Constitucional en una sentencia de 1987. En resumen, que la intervención de las comunicaciones sin orden judicial previa, sólo es posible para los casos excepcionales previstos por la Constitución, pero no para los que ahora pretender introducir el anteproyecto.

Es evidente que esta reforma, lo que pretende, es introducir un control administrativo preventivo del derecho al secreto de las comunicaciones, legitimando al Ministerio del Interior y a sus órganos, a que realicen interceptaciones de comunicaciones y escuchas, sin ningún control judicial previo, habida cuenta que lo que resulta es que ese control judicial va a ser solicitado a posteriori.
Por ello, la utilización de SITEL sin suficientes garantías jurídicas y ahora, las reformas legales que plantea el Gobierno, nos colocan en las antípodas de un sistema verdaderamente democrático.  En definitiva, un derecho constitucional tan trascendental, cual es el derecho que tenemos los ciudadanos a que nuestras comunicaciones no sean interceptadas por nadie, va a ser vulnerado por el propio Estado, que pretende adquirir el derecho, dicho coloquialmente, a espiar a sus ciudadanos.  No olvidemos que el poderoso sistema SITEL puede espiar no sólo los teléfonos convencionales, si no todo tipo de comunicaciones electrónicas, redes sociales, ubicación física del ciudadano mediante sistemas GPS, etc. Tiene que quedar muy claro que la Constitución no solo pretende garantizar la intimidad de las personas, sino algo tan importante como es la inviolabilidad de sus comunicaciones de todo tipo, comunicaciones que forman para de su exclusiva esfera privada.
Para terminar, lo que un Estado democrático tiene que garantizar a los ciudadanos, es que no van a ser espiados, salvo en los casos excepcionales que fija la Constitución. Y que, siempre, en todo caso, será un Juez y sólo el, quien dará expresamente la autorización para interceptar comunicaciones del tipo que sean (espiar). No acepto por tanto que ni este Gobierno ni ningún otro, tenga la facultad administrativa de espiarme, sin ningún control judicial.


viernes, 5 de diciembre de 2014

EL DERECHO AL OLVIDO

Internet y en definitiva la sociedad de la información,  hacen que todo tipo de contenidos, incluso aunque sean inexactos u obsoletos, puedan ser divulgados a toda velocidad y de modo desproporcionado, tanto en los diferentes buscadores (google, yahoo, bing etc.), como en las redes sociales. Esto trae como consecuencia que los ciudadanos nos sintamos preocupados por los antecedentes que aparecen sobre nosotros, nuestra aparición en listados comerciales, ficheros de infractores de tráfico, o lo que es aún más grave, nuestra aparición en ficheros de morosos, lo que hace que tengamos en ocasiones la necesidad de bloquear o eliminar, si podemos, esos datos que circulan por internet. Es en este ámbito donde hablamos del “derecho al olvido”

Podríamos definir este derecho, llamado también “derecho a vivir en paz” como el derecho a defender y proteger a las personas para salvaguardar su reputación o sus datos personales, para desligarla de acontecimientos que le puedan afectar negativamente
El artículo 18 de nuestra Constitución dispone que la Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Una sentencia del Tribunal Constitucional recogió que ese artículo 18 revela que el Constituyente era consciente de los riesgos que podría entrañar el uso de la informática. Posteriormente, la Directiva 95/46 del Parlamento Europeo vino a configurar lo que hoy llamamos derecho al olvido y dispuso que los datos objeto de tratamiento no podrían ser excesivos, debiendo de suprimirse, rectificarse o bloquearse, aquellos que resultaren inexactos o incompletos y que a los particulares se les garantizaría la facultad para oponerse al tratamiento.

Más allá del artículo 18 de nuestra Constitución y de la directiva comentada, lo cierto es que no hay una regulación concreta del derecho al olvido. Algunos Tribunales han usado este término para referirse a los derechos que reconoce nuestra Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal, como por ejemplo la cancelación o bloqueo de datos personales, la oposición a prácticas publicitarias, o la retirada y cancelación de antecedentes policiales y penales. También algunos Tribunales civiles han mencionado el derecho al olvido al tocar temas de la protección del derecho al honor, a la intimidad personal o a la propia imagen.

Los grandes operadores de internet, tanto buscadores como redes sociales, estaban debatiendo y cuestionando este derecho al olvido y sostenían que no se puede hablar de tal, cuando nuestro ordenamiento jurídico no recoge específicamente este derecho. Pero, en Abril de 2014 el Tribunal Europeo vino a reconocer el derecho al olvido, en una sentencia sobre un caso denunciado en España, y esto hizo que sólo dos semanas después de esta sentencia, Google pusiera en marcha un formulario online para que los ciudadanos pudiéramos solicitarle la retirada de los enlaces que consideráramos nos podían afectar.


Para tratar de clarificar jurídicamente la situación y con la intención de dar a conocer al ciudadano de a pie, qué es y cómo se aplica este derecho al olvido, en un momento en el que parece que cada vez más se nos olvida la importancia de esta cuestión, habida cuenta que las nuevas generaciones creen que la vida debe de ser cuanto más pública mejor y olvidan los riesgos que supone la pérdida por completo de su vida privada, el Boletín Oficial del Estado, el pasado día 3 de Diciembre, publicó el Código de Derecho al Olvido. Este Código, trata de recopilar las principales normas que se refieren al llamado “derecho al olvido, teniendo en cuenta los diferentes ámbitos en los que se puede plantear, cuales son la protección de datos, la sociedad de la información, la intimidad, el honor y la propia imagen, el registro civil, rectificación de informaciones, administraciones públicas, telecomunicaciones, consumidores y usuarios, entre otras.

jueves, 4 de diciembre de 2014

REFLEXIONES PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

Los jueces decanos han reclamado este miércoles más medios humanos y materiales, la "dotación ágil de refuerzos a juzgados que lleven asuntos de especial complejidad, especialmente de corrupción", para que sus titulares se dediquen "en exclusiva a este asunto las 24 horas del día", así como la "revisión y, en su caso, supresión de aforamientos", al considerar que "entorpecen y ralentizan de forma evidente y clara la instrucción de los procedimientos".
Esas son algunas de las medidas incluidas en las conclusiones del XXIV Jornadas Nacionales de Jueces Decanos, que han congregado en Valencia a cerca de 50 profesionales, en representación de cerca de 2.000 jueces españoles, "en un momento clave para la justicia española, en el que está en juego el prestigio del sistema judicial" y en el que afirman estar "preparados" para afrontar los retos actuales, pero advierten de que "solos" no pueden por su dependencia "en lo económico y en cuanto a leyes e instrumentos procesales".
"El poder judicial será lo eficiente que quiera que sea el poder ejecutivo y legislativo", ha indicado el juez decano de Valencia, Pedro Viguer, en la presentación del documento, en la que su homólogo de Málaga, José María Páez, ha urgido a "sacar la justicia del debate político" y ha reclamado "un gran pacto entre partidos para definir, de una vez, el modelo de justicia que se quiere tener".
"Tardaremos, pero vamos a llegar, y la ciudadanía puede estar absolutamente tranquila porque la justicia se aplica en España y la justicia funciona, lenta pero funciona", ha recalcado Páez, quien considera "muy difícil afrontar macrocausas" con los medios actuales.
Lucha contra la corrupción
En materia de corrupción, los jueces piden ampliar el plazo de prescripción de los delitos, introducir el delito de enriquecimiento ilícito o injustificado de cargos públicos durante su mandato y el de financiación ilegal de partidos políticos y agravar las penas por tráfico de influencias, prevaricación y negociaciones prohibidas a funcionarios, entre otros.
Igualmente han abogado por limitar los indultos a los que tengan informe favorable del tribunal y la suspensión de la pena mientras tramitan la petición, tras el "abuso" registrado, así como por contar con tribunales y juzgados especializados en asuntos económicos a nivel autonómico e incluso provincial, por potenciar la cooperación jurídica internacional para eliminar paraísos fiscales y por crear "una policía judicial auténtica", la figura de "juez asesor" y un cuerpo de peritos contables que asesoren a los jueces.
Defienden asimismo reducir la cuota defraudada en delitos contra la Hacienda Pública, agravar penas por omisión del deber de denunciar y perseguir determinados delitos, introducir una modalidad de delito de obstrucción a la justicia por no remitir al juez la documentación requerida o enviarla incompleta, agravar la desobediencia a la autoridad judicial cometido por funcionario, limitar o prohibir suspender o sustituir penas por corrupción y despenalizar faltas.
En sus "58 reflexiones para la reforma del proceso penal y la lucha contra la corrupción", también incluyen aumentar la ratio actual de 11 jueces por cada 100.000 habitantes hasta la media europea de 21, destinar a justicia "al menos el 3 por ciento" de los Presupuestos Generales del Estado, autonomía presupuestaria o un porcentaje "mínimo y garantizado" para justicia, ordenar el reparto de competencias, modernizar y compatibilizar sistemas informáticos autonómicos y con Fiscalía, y flexibilizar la organización judicial.
A su juicio, convendría realizar "profundos cambios" en el sistema de selección y nombramiento de los miembros del Tribunal de Cuentas, del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, que consideran "excesivamente dependiente de los partidos políticos".
Necesidad de agilizar el proceso penal
Proponen asimismo medidas de refuerzo y apoyo y de reforma del proceso penal, básicamente para agilizarlo, como reformar el sistema de recursos contra "resoluciones de mero trámite que dilatan enormemente los sumarios", instaurar un sistema de costas y sanciones que "disuadan de pretensiones acusatorias temerarias", suprimir el "privilegio" de ciertas autoridades de declarar por escrito sin comparecer ante el juez o permitir al fiscal valorar si conviene iniciar o no el proceso penal en caso de pequeñas infracciones.
Además, proponen que los delitos cometidos por aforados y los relativos a la corrupción dejen de ser competencia del Tribunal del Jurado y, en cuanto a los aforamientos, plantean "atribuir al juez ordinario el conocimiento e instrucción de causas" de aforados, restringir esa condición a la fase de enjuiciamiento, no instrucción, y a delitos cometidos en el ejercicio del cargo e "imposibilidad de cambios de tribunal" aunque se deje de estar aforado o viceversa.
Más medios para la Fiscalía anticorrupción
Respecto a la Fiscalía, en caso de que se le atribuya la instrucción, abogan por reforzar su independencia del poder ejecutivo y la inamovilidad de los fiscales, especialmente en asuntos de corrupción o que afecten a autoridades políticas, y piden más medios para Anticorrupción y mantener la acusación popular "como contrapeso del Ministerio Fiscal, en especial si se pretende que en un futuro asuma la investigación, pero con límites para evitar abusos".
Plantean igualmente agilizar el aseguramiento cautelar de las responsabilidades pecuniarias desde el inicio de la investigación y "facilitar la actuación contra testaferros" y la colaboración con la Agencia Tributaria, Banco de España, Patrimonio e Intervención, así como mejorar la "ineficaz" Ley de Protección de Testigos y Peritos.
Ley de segunda oportunidad
Los jueces también han pedido una "ley de segunda oportunidad" para "permitir salir del agujero" a "pequeños deudores" abocados a concursos, "olvidados" por la ley actual y que "pierden todos sus bienes y, a pesar de ello, sus deudas le van a perseguir toda su vida sumiéndolo en la muerte civil y en la economía sumergida".
(EUROPA PRESS)

sábado, 29 de noviembre de 2014

FRAUDE FISCAL

Con el objetivo de que aflorara el dinero oculto de los defraudadores, el gobierno del Sr. Rajoy concedió una amnistía fiscal que siguió a otras dos anteriores que habían decretado los gobiernos socialistas. Además de que, a mi juicio, estas amnistías son a todas luces anticonstitucionales (se vulneran los principios de igualdad y progresividad que han de regir el sistema tributario conforme al artículo 31 de la Constitución), constituyen también un agravio comparativo con los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias. Y por si fuera poco, los resultados conseguidos han sido un auténtico fracaso, ya que frente al desmedido optimismo del Ministro Sr. Montoro, se ha impuesto la cruda realidad de los datos: De los 2.500 millones de recaudación previstos, finalmente sólo se consiguieron unos 1.200 millones. Es decir, el 10% que se pedía en la amnistía fiscal, al final sólo se quedó en el 3% que está muy lejos de los tipos que los ciudadanos pagamos en nuestro impuesto sobre la renta.

Además del fiasco recaudatorio que ha representado esta última amnistía, hay algo que veo bastante claro y es que este gobierno y tampoco los anteriores han tenido auténtica voluntad política de atajar este problema, máxime cuando estamos en una crisis brutal y era primordial  meter la lanza donde realmente interesaba. No es de recibo que se suban los impuestos a las clases medias y bajas y que se dedique el 90% de los efectivos de la Agencia Tributaria a controlar las pequeñas discrepancias de los asalariados y a fiscalizar a trabajadores, autónomos y pymes y que sea sólo el 10% restante, el que se dedique al gran fraude de las grandes empresas y las grandes fortunas, que es donde verdaderamente está el problema y que además a ese 10%, en muchos casos, les sugieran sus jefes políticos, oye mejor no toques ahí. Y claro, esta falta de voluntad nos ha llevado a que después de Grecia, España, junto con Italia, sea al país con más nivel de fraude de la zona euro.

El gobierno actual engañó vilmente a los ciudadanos diciéndonos que la amnistía fiscal era una alternativa a la subida del IVA y unos meses después nos sorprendió subiéndonos los tipos del IVA. Los dirigentes se limitaron a decir que no había otras alternativas a esta subida. Pues Sr. Rajoy sí había otras muchas alternativas, lo que ocurre es que Vd. no tuvo la voluntad de aplicarlas. Por ejemplo voy a apuntarle algunas: ¿por qué no dio instrucciones en la Agencia Tributaria para que modificara sus procedimientos, y en vez de destinar al 90% de sus efectivos a  cruzar datos y ver si hay discrepancias entre esos datos y lo que se declara, supervisar a esos asalariados que ya tiene controlados por el IRPF, o a esos pequeños ahorradores que tienen alguna renta del capital, o a esos pequeños autónomos y Pymes, los dirigiera a inspeccionar e investigar las grandes bolsas de fraude? Si como el Gobierno bien sabe, las bolsas de fraude mayores están en las grandes empresas y en los grandes patrimonios ¿por qué sólo dedica el 10% de los efectivos a estas bolsas? Resulta obvio que es más complicado investigar y descubrir el gran fraude que el pequeño que en la mayor parte de los casos se descubre con el cruce de datos que proporciona el potente sistema informático de la Agencia Tributaria.

El Gobierno habla continuamente  del objetivo prioritario de luchar contra el fraude (el Ministro Montoro lo repite continuamente), pero, lo cierto es que se trata de palabras huecas porque después se ve que ese objetivo no se corresponde con los medios que se están aplicando. Sólo basta fijarse en los Presupuestos Generales del Estado para ver que de los grandes objetivos de la Agencia Tributaria que son la atención al contribuyente y lucha contra el fraude, es precisamente en este objetivo de lucha en el que hay una bajada superior en efectivos. En 2014 ha habido 700 efectivos menos que en el ejercicio anterior.  Si a esto añadimos además que como medidas contra el fraude, lo único que se ha establecido es la publicación de la lista de morosos, mal vamos. ¿Por qué en vez de morosos, no se publica la lista de defraudadores que sería más efectiva que cualquier otra cosa? 

El Presidente de Geshsa dice públicamente que los 8.000 técnicos del Ministerio de Hacienda, en los últimos años tienen sus competencias cada vez más limitadas que sus manos están atadas frente al fraude y que deberían de dárseles más competencias para dedicarse más a la investigación de los grandes patrimonios y las grandes empresas. Ahora dice que básicamente están dedicados a los contribuyentes del IRPF y rentas del trabajo. Vamos, que en ese término que tanto le gusta al Sr. Rajoy, quieren dedicarse a lo que realmente interesa...También dice que deberían de publicarse los datos sobre lo que pagan las grandes empresas transnacionales (cada dos por tres aparecen artículos sobre lo que paga por ejemplo Apple, Microsoft o Twiter).

Otra alternativa es meterle mano al Impuesto de Sociedades, ya que como el Gobierno bien sabe ese tipo del 30% que tienen que pagar las grandes empresas como impuesto, al final, como consecuencia de bonificaciones y deducciones de todo tipo,  queda situado en un 10 u 11% y en cambio las pymes terminan pagando un 25%. Esto tampoco es de recibo.

Y qué decir de las  Simcav refugio de grandes fortunas, tributando sólo al 1%. Más vergonzoso aun ¿no les parece?

Por último, otra alternativa más en aras a la brevedad, porque hay otras muchas, ¿por qué no se modifica el delito fiscal en el Código Penal agravando determinadas situaciones y endureciendo las sanciones? Y paralelamente ¿por qué no se modifica la norma de funcionamiento de la Agencia Tributaria alargando plazos de inspección y de prescripción así como endureciendo también las sanciones?

Sr. Rajoy si de verdad como reiteradamente dice "hay que dedicarse a lo que interesa", ¿por qué no lo hace ya y mete mano a las bolsas de fraude fiscal que es lo que interesa? Por algunos motivos probablemente inconfesables, no lo está haciendo y yo a esto lo calificaría como "fraude político". Al menos a mí políticamente me está defraudando.


viernes, 21 de noviembre de 2014

EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO NO ES LA FISCALIA


Una cosa es el Fiscal General del Estado, que es nombrado directamente por el Gobierno y otra cosa muy distinta es la Fiscalía o Ministerio Fiscal,  que es un órgano constitucional integrado funcionalmente en el Poder Judicial y que tiene encomendada la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley. En definitiva es el Ministerio Público, y por tanto se debe de entender que los Fiscales han de tener independencia de criterio para perseguir una justicia imparcial.

Consecuencia de esa independencia, tras el anuncio del Fiscal General del Estado de que iba a dar instrucciones para formular querella contra los dirigentes de la Generalitat catalana por esa ilegal consulta que realizaron el 9 de Noviembre, la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia catalán consideró que esa instrucción era improcedente, ya que no encontraba indicios de delito y por esa causa decidió no aceptar la orden de su superior jerárquico. Ante esta situación, el Fiscal General, al no considerar satisfactorias las razones alegadas, recurrió al artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y reunió a la Junta de Fiscales de Sala que se manifestó prácticamente por unanimidad, favorable a la interposición de la querella.

Es cierto que el Fiscal General del Estado es nombrado directamente por el Gobierno y que por tanto cabría pensar, que seguía instrucciones del mismo para iniciar acciones legales contra el Sr Mas y su gobierno de la Generalitat catalana, pero, como se ha podido ver en este caso, la Fiscalía, aunque finalmente haya decidido conforme a lo que le interesaba al Gobierno, lo ha hecho de modo autónomo, basándose en los  procedimientos legales establecidos y no en criterios políticos. Es verdad que  ha habido discrepancias entre la fiscalía catalana y la Junta de Fiscales, pero eso no debe de sorprender  a nadie, ya que el derecho no es una ciencia matemática y por eso todos los días, en los Tribunales se ven sentencias que son recurridas a Tribunales superiores que las invalidan en todo o en parte. Es por eso que, para evitar indefensión por errores o defectos en las primeras instancias, los ciudadanos pueden recurrir en apelación a instancias superiores.

Lo que sí ha quedado patente en este conflicto, es que una cosa es el Fiscal General del Estado que puede dar instrucciones bajo criterios políticos y otra muy distinta es  el Ministerio Fiscal que ha de actuar bajo criterios jurídicos. Es posible y yo lo pienso así, que la Fiscalía catalana ciertamente actuó de modo correcto siguiendo su procedimiento estatutario, y mantuvo un criterio opuesto al Fiscal General, probablemente influenciada por las presiones ambientales que hay en Cataluña, que pesaron más que la lógica jurídica, lógica que sí utilizó la Junta de Fiscales que, al estar alejada de Cataluña, quizá no sintió esa presión ambiental y pudo ser más objetiva.

El resultado final es que, hoy, siguiendo el procedimiento estatutario establecido, la Fiscalía ha presentado querella contra el Sr. Mas y otros dirigentes del gobierno catalán, por delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, desobediencia y obstrucción a la justicia. No hacía falta ser jurista para adivinar que todo ese montaje y ese juego trilero, para bordear e incluso saltarse directamente la legalidad, para con todo tipo de estratagemas y argucias y de modo absolutamente unilateral, llegar a esa ridícula consulta, tarde o temprano, terminaría chocando con la ley.


A mi juicio, la querella presentada hoy, ya no obedece a una voluntad política. Obedece a la autoridad jurídica, no del Fiscal General del Estado, sino del Ministerio Fiscal. Ahora le toca el turno a los jueces que, confío, en esa justicia imparcial, terminarán sentando al Sr. Mas y a los miembros de su gobierno, en el banquillo de los acusados.

jueves, 6 de noviembre de 2014

CORRUPCIÓN Y JUSTICIA

Frente a los insoportables niveles de corrupción que tenemos y que tras el paro, constituyen (según las últimas encuestas del CIS),  la preocupación más importante de los españoles, sale a la palestra la señora Cospedal y dice que el PP ya no puede hacer más contra la corrupción, que ellos no pueden meter a los corruptos en la cárcel.

Esta afirmación resulta indignante al igual que resulta también indignante, ver como todos los políticos manejan el “y tú más” para justificarse. Pero ninguno, en ningún momento habla de lo verdaderamente importante que es independizar y reforzar la Justicia con mayúsculas. Claro que ya sé que a ningún político le interesa una justicia imparcial, independiente y con medios, porque entonces muchos de ellos terminarían sentados en el banquillo de los acusados.

Una justicia despolitizada, imparcial, dotada de medios personales y materiales suficientes y un sistema procesal y penal moderno, son los elementos clave para luchar contra la corrupción y para regenerar nuestra maltrecha democracia. Para esto hay que pedir a todos los políticos del arco parlamentario que se pongan manos a la obra, de modo urgente, para llegar a un gran pacto de estado que lleve a una reforma integral de la Administración de Justicia.

El primer paso para alcanzar la despolitización y llegar a la imparcialidad  e independencia, es reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial, de modo que todos los cargos tanto del Consejo General, como del Tribunal Supremo, o de los Tribunales Superiores de Justicia, sean elegidos por los propios jueces y no por su adscripción política a uno u otro bando, sino por su trayectoria profesional, sus capacidades y su experiencia. Lo mismo ocurre con una Fiscalía actualmente jerarquizada y dirigida por un Fiscal General del Estado elegido por el propio gobierno. Al igual que los jueces, el Fiscal General debería de ser elegido por los fiscales. Esta reforma del poder judicial debe de pasar también por una reestructuración de las actuales demarcaciones judiciales creadas en 1834 y que siguen vigentes prácticamente sin ningún cambio, así como por la flexibilización de las dotaciones y adscripción de jueces para evitar los desequilibrios que actualmente hay en las cargas de trabajo,  y que llevan por ejemplo, a que en la Audiencia Nacional, haya unos pocos magistrados soportando sobre sus espaldas todos los casos de corrupción más graves. O que sólo la juez Alaya en Andalucía, tenga que asumir ella sola, sobre sus espaldas, todo el proceso de los eres.

El segundo paso es introducir reformas legislativas de calado, como son una nueva ley de enjuiciamiento criminal  y un nuevo código penal, que permitan combatir las modernas formas de criminalidad que hoy tenemos y que no se pueden combatir con una legislación que nos viene de finales del siglo XIX.  Sin duda alguna, estas medidas legislativas y alguna otra, agilizarían los procesos complejos como los de la corrupción. Una justicia ágil y rápida es una verdadera justicia. Dentro de estas reformas de calado habría que reducir también el número de aforados. El aforamiento tiene que estar limitado sólo a los delitos cometidos en el ejercicio de un cargo.

El tercer paso es centralizar todo el sistema judicial con una única cadena de mando,  para evitar la atomización que actualmente existe. No es entendible que en este momento, haya un Ministerio de Justicia del que dependen jerárquicamente los secretarios judiciales y los fiscales, un CJPJ del que dependen los jueces, y trece comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de justicia y de las que dependen los diferentes funcionarios adscritos a los cuerpos de gestión y tramitación procesal, así como de todos los medios materiales puestos a disposición de los tribunales. Esta descentralización nos lleva a unas comunidades autónomas como por ejemplo el País Vasco, que da a la justicia unos medios materiales modernos a unos sistemas informáticos fiables o a unas dotaciones de funcionarios adecuadas, o a otras como Asturias donde las sedes judiciales están dispersas, donde muchas de ellas están ubicadas en una comunidad de vecinos, donde tienen equipos y programas informáticos obsoletos y donde a veces hasta no hay papel para las fotocopiadoras.

Por último, el cuarto paso es hacer que la Policía Judicial o ciertas unidades de la Agencia Tributaria, dependan y queden adscritas y bajo el control de jueces y fiscales, para evitar las interferencias jerárquicas del poder político. Igualmente hay que reestablecer y dotar nuevamente de competencias a los miembros de la intervención general del estado, así como a los secretarios e interventores municipales, para que puedan realizar libre y profesionalmente, sus labores de intervención y control.


En definitiva, a mi juicio, con estos cuatro pasos explicados a grandes rasgos, se podría conseguir el fortalecimiento del poder judicial, necesario para combatir la corrupción y para contribuir con ello a la regeneración democrática. Ya sé que en este momento y en la legislatura actual, no hay tiempo material para introducir estas reformas, pero, al menos, se impone que esos políticos y esos partidos acosados por la corrupción, hagan un frente común, y declaren públicamente que han llegado a un Pacto de Estado para reformar íntegramente la justicia.  Si siguen refugiándose en el cascarón y no afrontando la reforma, igual llega “Podemos” para echarlos a patadas. Y a partir de ahí, que Dios nos pille confesados.

miércoles, 22 de octubre de 2014

EL FIN DE ETA

Acabo de leer en EL COMERCIO el artículo de opinión del  Sr. Pérez Rubalcaba, sobre el final de la violencia, en el que termina diciendo que los ingredientes que condujeron a acabar con la violencia de ETA habían sido: inteligencia, firmeza, consenso y confianza.  El mismo, cuando era Ministro del Interior en el gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero y después el gobierno del Sr. Rajoy,  nos vinieron diciendo que ETA se había acabado derrotada por el Estado de Derecho. También nos vinieron diciendo de modo sucesivo que el Gobierno nunca iba a hacer concesión alguna a los terroristas.  
Siendo bien pensado, quiero interpretar que, por  formar parte de los altos secretos de estado, el Sr. Rubalcaba en este artículo y también el Sr. Rajoy,  están ocultando la negociación y las concesiones que se hicieron y se están haciendo con la banda terrorista para llegar a su extinción definitiva. Pero, pese a esas afirmaciones categóricas de que no iba a haber ningún tipo de concesión, la realidad se impone y las concesiones han salido y salen a relucir.  Si es cierto que ya han transcurrido tres años sin haberse registrado ningún atentado y esto hay que celebrarlo, pero también es más cierto que las víctimas del terrorismo están siendo desairadas de modo reiterado por ese juego oculto y supongo que su fuero interno, tendrán pocas ganas de celebrar nada.

Hace unos días, la médico forense de la Audiencia Nacional, Carmen Baena, hablaba en un medio de comunicación diciendo que cuando dictaminó que el terrorista Bolinaga no estaba aquejado de ninguna enfermedad terminal y que podía ser tratado en la prisión, recibió presiones para que modificara su informe.  Pensó que la libertad condicional de Bolinaga ya estaba decidida. Lo cierto es que, pese a su informe negativo, Bolinaga fue puesto en libertad y ahora se pasea por su pueblo jactándose de sus fechorías y sin el mínimo atisbo de arrepentimiento por el asesinato de tres guardias civiles o por tener secuestrado y torturado a José Antonio Ortega Lara durante 463 días.  Si como se ha confirmado después de dos años fuera de la cárcel, no hay enfermedad terminal, ¿ por qué no se le envía de nuevo a prisión? Si la médico forense que lo reconoció ha recibido presiones, ¿por qué la Fiscalía no ha iniciado investigaciones al respecto?
Antes de Bolinaga, Zapatero, en aquél llamado proceso de paz, autorizó la puesta en libertad del sanguinario de Juana Chaos que está prófugo desde hace seis años, que está oficialmente desaparecido, aunque la prensa ha demostrado que está refugiado en Venezuela.  Después se produjo el famoso chivatazo del Bar Faisán en el que terminaron condenados dos policías como autores directos del chivatazo, mientras que los políticos responsables y que dieron la orden, permanecían escondidos. ¿No habrán sido el Sr. Zapatero y el Sr. Rubalcaba los que, para no perjudicar ese llamado proceso de paz, dieron la orden de avisar a los etarras? A partir de ahí se siguió una hoja de ruta y se permitió que Bildu, testaferros políticos de ETA, entraran en diputaciones y ayuntamientos.
Parece más que evidente, que el famoso proceso de paz iniciado por Zapatero, es seguido ahora por Rajoy, aun cuando antes, en la oposición, se ponía al frente de las manifestaciones ciudadanas y se oponía categóricamente a que Zapatero excarcelara a De Juana, diciendo que “Sería una injusticia liberar a un terrorista que no pide perdón, que no se arrepiente, que nos desprecia y que para colmo, se ríe de nosotros con sus parodias”.  

Es evidente pues, que pese a sus afirmaciones categóricas de que no se iba a dar concesión alguna, hay una labor soterrada, antes en el gobierno del Sr Zapatero y ahora en el del Sr. Rajoy para pactar y dar concesiones a ETA, a través de las que puedan llegar a su extinción definitiva. El gran problema es que esa labor soterrada se hace, con inteligencia como dice Rubalcaba sí, pero con la Inteligencia del Estado (CNI) que pacta y da concesiones a los terroristas. Pero como se  hace y debería de hacerse, es con el Estado de Derecho  y con la Ley en la mano.


Así que termino diciendo al Sr. Rubalcaba que en modo alguno puedo estar de acuerdo con esos ingredientes de inteligencia, firmeza, consenso y confianza porque el resultado final de todo esto es que no ha habido firmeza (se han dado concesiones), no ha habido consenso (que se lo pregunten a las víctimas del terrorismo), no ha habido confianza (todo se hace de modo oculto y esto produce desconfianza) y sí ha habido inteligencia, pero es la “Inteligencia del estado” o lo que es lo mismo, el CNI.

viernes, 3 de octubre de 2014

IGUALDAD DEL HOMBRE Y LA MUJER AL CONTRATAR UN SEGURO

Cada día entiendo menos a los políticos. En vez de dedicarse a lo que realmente importa, que es resolver los graves problemas económicos que sufrimos y a combatir el brutal desempleo existente, juegan a perder el tiempo y a moverse de modo demagógico en el Congreso, para introducir modificaciones legislativas que, desde mi punto de vista, sólo tienen un objetivo: Justificar lo que cobran. Porque, en otro caso, no podría entenderse.

He aquí un ejemplo: Fruto de una enmienda presentada por el Grupo Popular, en la Ley 11/2013 de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se metió con calzador una disposición adicional duodécima, relativa a la igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso a los bienes, servicios y su suministro, que literalmente dice: “no podrán establecerse, en el cálculo de las tarifas de los contratos de seguro, diferencias de trato entre mujeres y hombres en las primas y prestaciones de las personas aseguradas, cuando aquellas consideren el sexo como factor de cálculo”. De esta manera los diputados consagraban el principio de igualdad de trato, pero olvidaron  que esta  disposición adicional modifica la Ley de Ordenación del Seguro Privado y la chapuza es monumental.
  
Vamos a ver señores diputados, ¿con tantos asesores que tienen y que dicho sea de paso, pagamos todos los ciudadanos, sólo se les ocurre eso? ¿Conocen algo el mundo del seguro? ¿Conocen algo de cálculos actuariales? Yo creo que no tienen ni repajolera idea. Así que, voy a darles algunas aclaraciones.

Las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para determinar lo que en su argot llaman "riesgo", manejan cálculos actuariales basados en el "cálculo de probabilidades", "leyes de los grandes números" y las "leyes empíricas del azar". Concretamente, en el ámbito de los seguros de vida, suelen utilizar elaboradas tablas de mortalidad, entre las que destacan las prestigiosas tablas suizas GKM. 

En base a todos estos cálculos actuariales, se puede saber que las mujeres tienen una expectativa de vida ocho años mayor que la de los hombres, o que las mujeres son más prudentes que los hombres conduciendo y por eso tienen menos accidentes, o que las mujeres viven más que los hombres, pero en cambio sufren más intervenciones quirúrgicas, o que las mujeres practican menos deporte de riesgo que los hombres, etc.etc.
Como consecuencia, es lógico pensar que la prima de un seguro de vida para el caso de muerte, sea más cara para un hombre que para una mujer, e igualmente el seguro de auto será más caro para el coche que conduce un hombre, que para una mujer. Por el contrario si se trata de seguros de salud, como estadísticamente las mujeres tienen más intervenciones quirúrgicas y además se quedan embarazadas, las primas por lógica son más caras para las mujeres que para los hombres.

Si además de todo esto tenemos en cuenta que las aseguradoras no son entidades públicas que pueden tener precios políticos regulados por el Estado, si no que se trata de entidades mercantiles que en libre competencia persiguen unos beneficios, sin duda van a aplicar las primas que según sus cálculos corresponden a los riesgos que asumen. Por tanto si los riesgos digamos hombre o mujer, son diferentes, también lo serán las primas que van a pagar por los seguros que contraten.


Así que, amigos Diputados, dejen a un lado la demagogia barata y dedíquense a proponer medidas legislativas que de verdad estimulen el crecimiento y la creación de empleo, porque esta chorrimedida de que las aseguradoras cobren igual a hombres o a mujeres, para nada va a influir en este crecimiento o esa creación de empleo. Muy al contrario, estarán coartando la libertad de mercado de las compañías de seguros.

martes, 30 de septiembre de 2014

EL CONSTITUCIONAL Y LA LEY CATALANA DE CONSULTAS

Desde la óptica estrictamente jurídica, la suspensión de la Ley Catalana de Consultas y el Decreto de Convocatoria, estaba cantada. Tras el recurso de la Abogacía del Estado, el Tribunal Constitucional ayer, se limitó a aplicar el artículo 161.2 de la Constitución y en base a la misma, suspende cuantos actos o resoluciones hayan podido dictarse así como las restantes actuaciones de preparación para la convocatoria de dicha consulta y vinculadas a ella. Punto final. Ha prevalecido el Estado de Derecho y por tanto no hay vuelta de hoja.
En lo que tengo muchas dudas es si además del Estado de Derecho, se ha aplicado el Estado de la Política. Y digo esto porque la extraordinaria velocidad del Tribunal Constitucional para resolver, sólo puede entenderse desde un prisma claramente político. Me sorprende que al igual que siempre se haber mantenido impasible ante urgencias políticas, ahora resuelva en sólo unas horas. Entre tanto que mantiene una lentitud exasperante en actuaciones que afectan a los ciudadanos como son la inconstitucionalidad de la ley de tasas judiciales, o la inconstitucionalidad de recortes, o los cuatro años que tardó en pronunciarse sobre el propio Estatuto de Autonomía Catalán, ahora resuelve sólo en unas horas.
Me sorprende también que la resolución del Tribunal decrete una suspensión genérica, tanto retroactiva como prospectiva. Tengo la impresión que los miembros del Tribunal han pretendido dejar un claro “aviso” a los dirigentes catalanes, al suspender no sólo la ley de consultas y el decreto de convocatoria, sino también “los actos preparatorios, vinculados y similares”. Con esta decisión el Tribunal no tiene en cuenta que cada acto administrativo tiene su tiempo y por seguridad jurídica existen mecanismos de impugnación concreta para cada uno de los actos. Creo que resumen que por razones políticas trata de cerrar las puertas a estos actos, antes incluso de que se produzcan.
Concluyo diciendo que no se precisa de amplios conocimientos jurídicos ni de dotes adivinatorias para saber que el Tribunal, en su momento estimará la inconstitucionalidad de las resoluciones catalanas que ayer ha suspendido. No obstante esto, lo que también tengo más que claro, es que la “política” ha actuado en el Gobierno del Estado, en la Generalitat catalana, en el Consejo de Estado y en el propio Tribunal Constitucional. Se ha montado un circo político que probablemente terminará su función en el momento en que se llegue a una salida negociada del conflicto creado por el Sr. Mas y estoy convencido de que esa salida será aceptada por el presidente catalán, para evitar que caiga sobre sus espaldas la estimación del recurso de inconstitucionalidad de sus resoluciones.

A mi juicio, la credibilidad del Tribunal Constitucional queda cuestionada, desde el momento que hoy se mueve a toda velocidad por razones políticas, entre tanto tarda años para resolver cuestiones estrictamente jurídicas que afectan a todos los ciudadanos.

lunes, 29 de septiembre de 2014

EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Las Administraciones Públicas se están convirtiendo en el enemigo contra el que el ciudadano tiene que coger el escudo y la espada para defenderse.

Con cierta habitualidad, leo en los medios de comunicación informaciones relativas a incumplimientos de la legislación vigente por parte de las administraciones públicas. Yo mismo vengo escribiendo de modo crítico sobre esta prepotencia administrativa, ya que no puedo soportar que la administración haga de su capa un sayo, incumpliendo la ley como les venga en gana y en sentido contrario agreda a los ciudadanos con toda clase de exigencias burocráticas, plazos improrrogables, penalizaciones  y sanciones administrativas de todo tipo.

Hace unos días leía  en los diarios, y yo escribía, sobre los retrasos en las prestaciones del salario social que llegaban a casi dos años, aun cuando el Principado de Asturias, por ley, estaba obligado a resolver el tres meses. Leía también los manifiestos incumplimientos de la Ley de Dependencia al ser vulnerados sistemáticamente los derechos de los dependientes. Ahora leo que los autónomos que trabajan para la Administración, tardan en cobrar sus facturas más de cien días aun cuando hay una ley que obliga a que paguen en un plazo no superior a treinta días.  Leo también que el Ayuntamiento de Oviedo no cumple la Ley de Seguridad Vial en cuanto a la normativa de señalización de la zona azul y que pinta las zonas de aparcamiento con los colores que algún iluminado propone, porque de lo que se trata es de recaudar más y mejor por las multas de tráfico.  Leo asimismo que en el Principado de Asturias se adjudican el 65% de las licitaciones, invitando a empresas amigas, sin someterlas a concurso público.

Esto es indignante. No hay derecho. En vez de estar al servicio del ciudadano, las Administraciones Públicas se están convirtiendo en el enemigo contra el que el ciudadano tiene que coger el escudo y la espada para defenderse. Un día te llega la Agencia Tributaria, te hace una declaración paralela y te reclama 24,55€. Gastas tiempo el recopilar documentación, haces un escrito de recurso, lo presentas en el registro porque entiendes que esta reclamación no es conforme y erre que erre, la agencia dicta resolución y decreta que la deuda tributaria es de 24,55€ y que has de pagarla en el plazo de 20 días so pena de incurrir en vía de apremio.  Vas, pagas esa cantidad para que no te apliquen los recargos de apremio y formulas reclamación al Tribunal Económico Administrativo que termina dándote la razón, estimando tu pretensión y declarando que no hay deuda tributaria.  En sentido contrario, haces la declaración de la renta que te da un resultado a devolver. Se pasan todos los plazos y no se produce la devolución. Vas al mostrador de la Agencia a reclamar y te dice el funcionario, anda, se nos ha traspapelado. No se preocupe que ahora ponemos esto en marcha para que se lo devuelvan. Han pasado tres meses pero esa devolución no se ha producido.
Otro día llega La Administración del Principado y te dice que has de pagar 3000€ por hacerte la acometida al colector de saneamiento de la casina de fin de semana que tienes en el pueblo. ¿Cómo? ¡¡no puede ser!! Yo ya llevo un montón de años pagando un canon de saneamiento, destinado precisamente a que me hagan esto. He estado pagando por un servicio que no tenía. Pues nada, nueva batalla de alegaciones, recursos y tribunales para terminar resolviéndose: Sr contribuyente usted no tiene que pagar nada por esto. ¡¡coño!! pero si entre abogado y Procurador he tenido que pagar 2.000€. En sentido contrario, tienes a tu madre inválida, solicitas la ayuda por dependencia que una Ley te concedes, pasan dos años y sigues esperando. Igual cuando llegue aprobada la ayuda, tu pobre madre ya habrá fallecido.

Y para rematar, después te llega el Ayuntamiento y te pone una multa de 200€ y retirada de 4 puntos del carnet de conducir, porque te has pasado un semáforo en rojo. Ala, otra vez, alegaciones por aquí y por alla, el Ayuntamiento erre que erre y, con todo el cabreo del mundo llegas al Juzgado de lo Contencioso. Este te da la razón, ganas y se declara la sanción nula. Pero claro, has tenido que pagar 100€ de tasas judiciales que ya no te serán devueltas y además los honorarios del abogado que te llevó el asunto.

Estos no son cuentos que me invento. Son situaciones reales que he vivido y vivo, al igual que lo viven multitud de ciudadanos todos los días. Son situaciones que vas afrontando, enfrentándote además con la apatía de unos funcionarios, probablemente cabreados por sus congelaciones salariales o por su falta de estímulos, que, cuanto te acercas al mostrador, te despachan rápidamente diciéndote: Lo siento.. no trae usted el modelo –x- cumplimentado. Cumpliméntelo y vuelva otro día y ala a esperar cola otra vez. Es indignante que, víctima de la voracidad recaudatoria de las administraciones, estés obligado a pagar puntualmente impuestos, tasas, sanciones, etc. so pena de que si se te pasen los plazos e incurras en vía de apremio con los correspondientes recargos y en sentido contrario las Administraciones incumplan todo, no respeten los plazos, hagan de su capa un sayo y aquí no pasa nada.


Claro, las Administraciones saben que el ciudadano de a pie no va a recurrir a los Tribunales, porque además de una justicia lenta, anquilosada y politizada, va a tener que pagar unas tasas judiciales y unos honorarios de Abogado y Procurador que harán económicamente inviable la reclamación. Por tanto, blindadas por esa impotencia del administrado, decretan, exigen e imponen al ciudadano unas reglas del juego que ellos mismos incumplen de modo manifiesto todos los días. Su prepotencia administrativa es desbordante. Lamentable.

martes, 23 de septiembre de 2014

EL SEÑOR GALLARDÓN TIENE QUE DIMITIR YA.

Sr. Gallardón: Como usted sabe mejor que nadie, su gestión al frente del Ministerio de Justicia, cada vez está más cuestionada. Hasta sus propios compañeros lo están criticando. Lo critican los Jueces, lo critican los secretarios judiciales, lo critican los abogados y procuradores y lo critican los ciudadanos de a pie, que hemos visto como con sus desafortunadas reformas, tenemos cada más difícil obtener una tutela judicial efectiva.

Empezó usted con una Ley de Tasas Judiciales que ha apartado de la justicia a los ciudadanos con menos recursos. Esta Ley ha provocado que muchos jueces plantearan cuestiones de constitucionalidad y ahora, por lo que sé, el Tribunal Constitucional,  movido por el fuerte rechazo social que existe, se está moviendo para resolver lo más pronto posible sobre la inconstitucionalidad de esta desastrosa Ley que el Gobierno aprobó a finales de 2012. Sus desatinos prosiguieron con el intento de modificar la Demarcación y Planta Judicial, que si bien podría ser aceptable en Madrid donde hay buenas comunicaciones, es totalmente rechazable en las zonas más despobladas. Siguió con la Ley de Justicia Gratuita que va a provocar serios perjuicios a los ciudadanos, además de deteriorar un servicio público prestado por los Colegios de Abogados. Continuó con la privatización del Registro Civil para ponerlo en manos de los Registradores de la Propiedad, algo que a todas luces podría beneficiar a esos Registradores, pero que volvería a perjudicar a los ciudadanos, porque, que yo sepa, los Registradores no van a trabajar gratis y alguien les tendrá que pagar sus servicios. Siguió con la Ley de Servicios Profesionales de nefastas consecuencias. En definitiva, todas sus reformas legislativas y los parches puestos desde su ministerio, sin consultar con Jueces, Fiscales, Secretarios, Abogados Procuradores, e incluso ciudadanos,  nos han llevado a un manifiesto alejamiento de la administración de justicia para los ciudadanos.

Para impedir el presumible agravamiento de la situación, tanto por la ineficacia de las reformas introducidas, como de los proyectos en marcha, de modo inmediato usted tiene que abandonar el cargo para dar paso a otro Ministro que derogue de inmediato la Ley de Tasas si es que antes no lo hace el Tribunal Constitucional, que reforme en profundidad la Ley Orgánica del Poder Judicial que adecúe la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y que de una vez por todas aplique la Carta de los Derechos de los Ciudadanos aprobada por todos los partidos políticos en el año 2002.  Ya que usted no lo ha hecho, se necesita a otra persona que de modo decidido busque un pacto de estado que lleve a resolver el gran problema de las deficiencias organizativas del sistema judicial, dotándolo de todos los medios personales y materiales que necesita.

Y, Sr. Gallardón, por si esto fuera poco, probablemente ahora, con la paralización de la reforma de la Ley del Aborto, seguro que por motivos electorales, sus propios compañeros en el Consejo de Ministros, ya le habrán puesto la puntilla definitiva. Así que Sr. Gallardón, en beneficio de la justicia y por ende de los ciudadanos, deje ya de amagar mareando la perdiz, para ver si se va a no se va, y lárguese a su casa ahora mismo.

viernes, 12 de septiembre de 2014

NOS ESTAMOS OLVIDANDO DE LOS ARTICULOS 154 Y 155 DEL CODIGO CIVIL.

En el diario El Comercio de ayer leía la noticia de que un vecino de Avilés se enfrentaba a once meses de cárcel por dar un bofetón a su hijo menor. Hoy leo que la Magistrada ha dictado sentencia in voce, absolviendo a ese ciudadano.  No voy a entrar en la valoración de lo que ha ocurrido en ese procedimiento judicial y si la acusación del Ministerio Fiscal estaba fundada en derecho o no.  Lo que si voy a entrar es en la valoración de si tanta permisividad y tanta sobreprotección de los niños, no nos va a llevar a una generación de jóvenes maleducados, desobedientes y en algunos casos violentos con sus padres, como a veces se lee en las noticias.

Antes, cuando un niño se encabritaba porque no quería lentejas, sus padres lo forzaban a tomarlas. Lo habitual era que el niño se quedaba sin comer y las lentejas se le guardaban para que las tomara a la cena o a la comida del día siguiente. Ahora ya no pasa esto. El niño dice ¡no! y tras fracasar el intento de los padres para convencerlo de que las lentejas son buenas, le retiran el plato, le fríen un filetito y aquí no pasó nada.

Antes, cuando un niño llegaba a casa y decía que el profe le había dado una reprimenda o lo había castigado, los padres le lanzaban una reprimenda aun mayor, porque el profe tenía razón. Ahora, si el niño llega a casa y dice que lo han castigado, inmediatamente sus padres lo cogen de la mano y se van al colegio a pillar al desalmado profesor para ponerle las peras al cuarto.Antes, cuando un niño se pasaba de la raya, le dabas un pescozón y aquí no pasó nada. Ahora, los padres tienen que tener mucho cuidado no vaya a ser que el niño decida denunciarlos al defensor del menor.Antes, los jóvenes menores de 18 años, eran menores con todas las consecuencias y por ello, permanecían bajo la potestad de sus padres. Ahora ya pueden practicar el sexo cuando les venga en gana, pueden abortar, o pueden adquirir la píldora del día después, que no pasa nada.

Pero claro, si los padres ahora actuaran como se actuaba en mi época, seguro que se nos tacharía de retrógrados, de carcas, de dictadores. Ahora son los propios gobernantes los que presumiendo de progresía, quieren permitir que las niñas aborten sin permiso, que adquieran la píldora incluso sin receta, que pasen de curso aunque tengan un montón de asignaturas pendientes, y que en definitiva los niños sean intocables. Y claro, de estos polvos estos lodos.
  
Ante esta situación, creo que más que nunca, se impone que pasemos revista a nuestro Código Civil en lo que se refiere a la rúbrica de las relaciones paterno-filiales. Sus preceptos están plenamente vigentes, y deberíamos de recordarlos para evitar tanto desajuste y tanta falacia. Y más aún para recordar algunos políticos,  que tener una Ley que permita el aborto de las menores sin el consentimiento de los padres, va frontalmente en contra de nuestro Código Civil.


El artículo 154, nos dice: Los hijos no emancipados están bajo la potestad del padre y de la madre. La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos de acuerdo con su personalidad, y comprende los siguientes deberes y facultades:
1. Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
2. Representarlos y administrar sus bienes.
Si los hijos tuvieren suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten. Los padres podrán corregir razonable y moderadamente a los hijos.

El artículo 155 nos dice: Los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles siempre. Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.


Se trata de dos artículos que hablan meridianamente claro. Son los padres los que tienen el derecho y el deber de educarlos y darles una formación integral. Los padres tienen el derecho de corregir a sus hijos y ese pescozón dado a tiempo, entra abiertamente en el ámbito de esa corrección moderada. Los hijos tienen la obligación de obedecer y de respetarles y esto evidentemente va en contra de un aborto sin consentimiento paterno. En este caso la reforma actual hace obligatoria “la participación de los titulares de la patria potestad”, ya sean padres o tutores, para dar el consentimiento informado y libre.

Probablemente, si los ciudadanos y mejor aún los gobernantes, tuviéremos presentes estos preceptos del Código Civil, las cosas hoy serían muy diferentes. Y en todo caso, si pese a todo, quieren seguir adelante con esas políticas de total permisividad, que tengan el valor de afrontar la reforma del Código Civil. A ver si se atreven.