
El blog de un jubilado activo dedicado al voluntariado social, permanentemente aprendiendo en materia del derecho de las nuevas tecnologías y crítico con la política y la injusticia social.
miércoles, 29 de septiembre de 2010
Los piquetes y el derecho al trabajo

lunes, 20 de septiembre de 2010
USO DEL CORREO ELECTRONICO POR LOS REPRESENTANTES SINDICALES

- La obligación de la empresa demandada de facilitar y garantizar a los sindicatos el uso pacifico de los medios e instrumentos informáticos existentes en la empresa, para el ejercicio de la acción sindical y laboral entre los trabajadores.
- El derecho de los representantes sindicales de los trabajadores a transmitir información y noticias de interés sindical y relacionado con su actividad representativa, a través de los medios informáticos que utiliza la empresa.
- El derecho de los representantes sindicales de los trabajadores a usar el E-mail o correo electrónico corporativo que permite en tiempo real, sin perjudicar el uso especifico empresarial.
- El derecho de los representantes sindicales a dirigirse por el correo electrónico que usa la Dirección de la empresa a los trabajadores de la plantilla y en concreto a sus afiliados en las mismas condiciones que esta Dirección se dirige a los trabajadores, facilitando la empresa a estos efectos a los representantes sindicales la lista de distribución genérica que contenga todos los correos electrónicos de los trabajadores.
- Y, por último, el derecho de los representantes sindicales a disponer de un espacio exclusivo en la intranet como tablón sindical y noticias de interés sindical general relacionado con su actividad representativa solicitando para ello la creación de una clave de acceso y usuario para la gestión del espacio así como los permisos correspondientes para la publicación y edición de contenidos.
La sentencia dictada entiende que, tratándose de la utilización de medios preexistentes en la empresa y eficaces para la comunicación, pero no requeridos legalmente ni pactados, ni creados para un uso sindical, la cuestión será la de los límites a que debe sujetarse dicha utilización, puesto que, como sucede con todos los derechos, el de libertad sindical no es un derecho ilimitado. Entre los derechos y bienes constitucionalmente protegidos que deben tenerse presentes al delimitar su contenido figuran, sin duda, derechos de los empleadores y otros bienes de índole económica y empresarial ( STC 134/1994, de 9 de mayo ( RTC 1994, 134) , F. 4 ).
La sentencia apunta, en primer lugar, que el derecho de las organizaciones sindicales, se justifica sólo para transmitir información de naturaleza sindical y laboral, pero teniendo en cuenta la necesidad de ponderar y atender los intereses empresariales en presencia, la incidencia que el uso sindical puede acarrear en el funcionamiento del instrumento de comunicación y la colaboración que requiere de la empresa para hacerlo efectivo.
La doctrina del Tribunal Constitucional en la que se basa la sentencia dictada, recoge las siguientes condiciones o restricciones:
a) La comunicación no podrá perturbar la actividad normal de la empresa.
b) Tratándose del empleo de un medio de comunicación electrónico, creado como herramienta de la producción, no podrá perjudicarse el uso específico empresarial preordenado para el mismo, ni pretenderse que deba prevalecer el interés de uso sindical
c)Finalmente, no teniendo fundamento el derecho en una carga empresarial expresamente prescrita en el Ordenamiento, la utilización del instrumento empresarial no podrá ocasionar gravámenes adicionales para el empleador, significativamente la asunción de mayores costes. Solo si se respetan esos límites la utilización por los sindicatos está amparada por el art. 28-1 de la Constitución.
La aplicación de estos criterios lleva al Tribunal a la desestimación de la demanda por las siguientes razones:
- En primer lugar el sistema no resulta apto para el envío masivo de correos, (cuando la empresa utiliza ese modo de comunicación con los clientes contrata con una empresa la remisión de los mismos). Se trata de un sistema pensado para la comunicación de los profesionales que trabajan con ordenador dentro de la empresa.
- El informe pericial que fue ratificado en el acto del juicio, demuestra que la utilización de los medios de mensajería electrónica o la intranet supone un coste añadido para la empresa tanto en relación con el espacio necesario para su transmisión a través de la red como por su securizacón (backup) o almacenamiento, además de la necesidad de destinar personal para su gestión y mantenimiento.
En conclusión, acreditadas las circunstancias anteriores, se desestima la demanda puesto que la negativa empresarial a que los representantes sindicales utilicen los medios informáticos como vía de comunicación con sus afiliados y con el resto de los trabajadores está fundamentada, por resultar su uso perturbador, perjudicial y costoso.
YO USO FACEBOOK EN EL HORARIO DE TRABAJO

Sin embargo, pese a estas ventajas, Facebook está siendo el principal culpable de serios problemas:
- la privacidad y las pérdidas económicas: El 39% de las empresas declaran haber sufrido pérdidas económicas por infecciones de malware, y más de un tercio de éstas, estiman las pérdidas en más de 4.500€.
- Pérdida de productividad de los empleados: Un 60% de empresas encuestadas reconoce que sus empleados bajan la productividad al perder bastante tiempo navegando por Facebook a título privado o personal
- Caída del rendimiento de la red: Un 29% dice que sufren problemas en el uso de la red motivado a que sus servidores se saturan, se bloquean o se pierde velocidad.
- Reputación de la empresa: El 49% de las empresas manifiesta que tiene problemas con su reputación, derivados de comentarios o manifestaciones incontroladas de sus trabajadores.
Estos datos tan significativos, necesariamente van a obligar a las empresas a que minimicen los riesgos de las redes sociales y mas concretamente de Facebook que es la mas usada. Para ello es necesario que establezcan una política reguladora del uso de la red, instruyendo a todos sus empleados, y formándolos sobre los beneficios y los riesgos.
Paralelamente habrán de establecerse restricciones en la red que pasen por la prohibición de bajar e instalar aplicaciones no autorizadas por la empresa, restringir o bloquear el acceso a sitios populares, establecer mecanismos de seguridad para evitar el malware y por último regular o determinar los colaboradores autorizados a hacer manifestaciones en la red para perseguir la adecuada unidad de mensaje y evitar contenidos inapropiados.
Curiosamente, pese a las pocas ventajas y a los muchos riesgos, son pocos los propiatarios de Pymes que se deciden a implantar una adecuada política de seguridad.
jueves, 9 de septiembre de 2010
NUEVA LEY DE MOROSIDAD. TODO MI GOZO EN UN POZO

Como con esta nueva Ley, para que las empresas puedan conservar el anonimato, las organizaciones empresariales pueden iniciar procedimientos judiciales contra los entes públicos morosos, en nombre de la empresa acreedora, tuve la tentación de iniciar el procedimiento de apremio, pero, el Ayuntamiento que lo sabe, ya da un aviso a navegantes, "ojito que sabré que esta demanda es de tu empresa y te sacaré del contrato".
Queda claro por tanto que no hay voluntad alguna de cumplir la Ley, máxime cuando son evidentes los problemas de liquidez que tienen las Administraciones, lo que provoca que utilicen la morosidad como forma de financiación propia. Además, entre tanto no se instrumente un régimen sancionador estricto, que aun está pendiente y entre tanto los Tribunales de lo Contencioso Administrativo competentes para la resolución de estos litigios, sigan con tantos retrasos, mal pintan las cosas para las pequeñitas empresas como la mia, que el día 30 de cada mes tienen que pagar el sueldo de estos asalariados que trabajan para los Ayuntamientos y que además tienen que anticipar el IVA de las facturas pendientes, ya que la Agencia Tributaria no perdona.
INICIATIVA DEL GRUPO DE DELITOS TELEMATICOS DE LA GUARDIA CIVIL

La Guardia Civil considera que debe estar donde están los ciudadanos, que son su razón de ser. Y como los ciudadanos están en las redes sociales, allí estarán ellos. Han empezado con Facebook y continuarán con el resto de redes.