Acaban de publicarme un artículo sobre "la resolución internacional de controversias en el comercio electrónico.
En el trato de abordar los problemas e incidencias que se plantean en el comercio electrónico internacional, que en el ámbito comunitario está regulado por la Directiva 2000/31CE de 8 de Junio del Parlamento Europeo, y que se ha incorporado a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
Tras pasar revista a las dos corrientes predominantes para la resolución de los conflictos que surgen en las transacciones electrónicas que se realizan mediante el uso de Internet (Una es el International Cyber law y otra el Derecho Internacional Privado), termino tratando de determinar la competencia judicial internacional (sede judicial), el derecho aplicable y la ejecución de las sentencias en el extranjero.
Quien tenga interés en su lectura puede encontrarlo en: http://noticias.juridicas.com/articulos/20-Derecho%20Informatico/200903-10234756980124.html.
Felicitaciones Guillermo muy buen artículo
ResponderEliminarSaludos
Andrés
Buena entrada y artículo Guillermo.
ResponderEliminarCreo que podríamos vernos algún día y comentar este y otros temas que me gustaría hablar contigo?
Saludos y gracias.
Lo saludo cordialmente desde Lima Perú, Felicitaciones veo que es un magnifico articulo,
ResponderEliminarPor otra parte quisiera que me autorice a publicarlo en mi red social
http://limamarcrevista.ning.com
Atentamente,
Rafael medina
Hola que tal, sigo el link y aparece caido, y para mi sería de suma importancia, poder obtener ese artículo, me interesa saber si me lo puedes comunicar de alguna manera...
ResponderEliminarNoticias Jurídicas ya lo ha redireccionado y el link vuelve a funcionar perfectamente.
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