jueves, 14 de marzo de 2013

LA LEGISLACION ESPAÑOLA SOBRE EJECUCIONES HIPOTECARIAS, ES CONTRARIA AL DERECHO DE LA UNION EUROPEA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, acaba de hacer un comunicado de prensa sobre una sentencia dictada hoy, por la que declara que la normativa española, que impide al juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión .
La normativa española enumera los motivos, muy limitados, por los que un deudor puede oponerse al procedimiento de ejecución de una hipoteca. Entre esos motivos no figura la existencia de una cláusula abusiva en el contrato de préstamo hipotecario. De este modo, esta circunstancia sólo puede invocarse en un procedimiento declarativo separado, que no suspende el procedimiento de ejecución hipotecaria. Además, en el procedimiento de ejecución español, la adjudicación final de un bien hipotecado a un tercero –como un banco– adquiere, en principio, carácter irreversible. Por consiguiente, si la decisión del juez que conozca del proceso declarativo por la que declare abusiva una cláusula de un contrato de préstamo –y, por tanto, la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria– se pronuncia después de que se haya llevado a cabo la ejecución, esa decisión sólo puede garantizar al consumidor una protección a posteriori, meramente indemnizatoria, sin que la persona expulsada pueda recuperar la propiedad de su vivienda. 

En julio de 2007, el Sr. Aziz, nacional marroquí que trabajaba en España, suscribió con el banco Catalunyacaixa un contrato de préstamo con garantía hipotecaria de 138.000 euros sobre su vivienda familiar. Desde junio de 2008 dejó de pagar sus cuotas mensuales. Tras requerirle infructuosamente el pago, el banco inició un procedimiento de ejecución contra él. El Sr. Aziz no compareció, por lo que se ordenó la ejecución. Se celebró la subasta pública del inmueble sin que se presentara ninguna oferta, de modo que, con arreglo a la normativa española, el bien se adjudicó al banco por el 50 % de su valor. El 20 de enero de 2011 el Sr. Aziz fue expulsado de su vivienda. Poco antes, había presentando una demanda solicitando que se anulara una cláusula del contrato de préstamo hipotecario por su carácter abusivo y, en consecuencia, que se declarara la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria.
En este contexto, el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, que conoce del litigio, decidió preguntar al Tribunal de Justicia, por una parte, sobre la conformidad del Derecho español 2 con la Directiva sobre las cláusulas abusivas, 3 al considerar que hace que resulte muy complicado para el juez garantizar una protección eficaz del consumidor, y, por otra parte, sobre los elementos constitutivos del concepto de «cláusula abusiva» en el sentido de esa Directiva.
En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia responde, en primer lugar, que la Directiva sobre las cláusulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que conozca del proceso declarativo. Es decir, el que tiene por objeto declarar el carácter abusivo de una clásula -adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final.

Con carácter preliminar, el Tribunal de Justicia recuerda que, a falta de armonización de los mecanismos nacionales de ejecución forzosa, los motivos de oposición admitidos en el procedimiento de ejecución hipotecaria y las facultades conferidas al juez que conozca del proceso declarativo forman parte del ordenamiento jurídico interno de los Estados miembros. Sin embargo, esa normativa no puede ser menos favorable que la que rige situaciones similares de carácter interno (principio de equivalencia) y no debe hacer imposible en la práctica o excesivamente difícil el ejercicio de los derechos que confiere a los consumidores el ordenamiento jurídico de la Unión (principio de efectividad).


Pues bien, en lo que respecta a este último principio, el Tribunal de Justicia considera que el régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección que pretende garantizar la Directiva. Así sucede en todos los casos en que la ejecución de un inmueble se lleve a cabo antes de que el juez que conozca del proceso declarativo declare abusiva la cláusula contractual en la que se basa la hipoteca y, en consecuencia, la nulidad del procedimiento de ejecución. En efecto, dado que el juez que conozca del proceso declarativo no tiene la posibilidad de suspender el procedimiento de ejecución, esa declaración de nulidad sólo permite garantizar al consumidor una protección a posteriori meramente indemnizatoria. Dicha indemnización resulta incompleta e insuficiente, y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de esas cláusulas. Así ocurre con mayor razón cuando, como en este caso, el bien hipotecado es la vivienda del consumidor perjudicado y de su familia, puesto que ese mecanismo de protección de los consumidores limitado al pago de una indemnización por daños y perjuicios no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda. Así pues, basta con que los profesionales inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los consumidores de la protección que pretende garantizar la Directiva. Por consiguiente, el Tribunal de Justicia declara que la normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la Directiva confiere a estos últimos.
 
En segundo lugar, al examinar el concepto de cláusula abusiva el Tribunal de Justicia recuerda que el «desequilibrio importante» creado por tales cláusulas debe apreciarse teniendo en cuenta las normas aplicables en Derecho nacional cuando no exista un acuerdo de las partes en ese sentido. Asimismo, resulta pertinente a estos efectos examinar la situación jurídica en que se encuentra el consumidor a la vista de los medios de que dispone con arreglo a la normativa nacional para que cese el uso de las cláusulas abusivas. Para determinar si el desequilibrio se causa «pese a las exigencias de la buena fe», es preciso comprobar si el profesional podía estimar razonablemente que, tratando de manera leal y equitativa con el consumidor, éste aceptaría una cláusula de ese tipo en el marco de una negociación individual. El órgano jurisdiccional nacional deberá comprobar, a la luz de estos criterios, si la cláusula de intereses de demora incluida en el contrato firmado por el Sr. Aziz es abusiva. La cláusula establece unos intereses de demora anuales del 18,75 % automáticamente devengables respecto de las cantidades no satisfechas a su vencimiento, sin necesidad de reclamación. En particular, deberá comparar ese tipo de interés con el tipo de interés legal 5 y verificar que es adecuado para garantizar la realización de los objetivos que el interés de demora persigue en España y que no va más allá de lo necesario para alcanzarlos.

Además, la cláusula relativa al vencimiento anticipado del contrato del que se trata, permite al banco declarar exigible la totalidad del préstamo después de un solo incumplimiento de la obligación de pago del capital o de los intereses. El Juez nacional deberá comprobar especialmente si esa facultad depende de que el consumidor haya incumplido una obligación especial del contrato y si el incumplimiento tiene carácter suficientemente grave con respecto a la duración y a la cuantía del préstamo.
 
 Por último, la cláusula relativa a la liquidación unilateral de la deuda impagada del contrato estipula que el banco puede presentar directamente la liquidación de su importe para iniciar el procedimiento de ejecución hipotecaria. El juez nacional deberá apreciar si –y en qué medida– esa cláusula dificulta el acceso del consumidor a la justicia y el ejercicio de su derecho de defensa, a la vista de los medios procesales de que dispone.

NOTA: La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.
 

 





 


 













  
 









 



miércoles, 23 de enero de 2013

SENTENCIA DEL TC SOBRE USO DE UN ORDENADOR PROPIEDAD DE LA EMPRESA

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha desestimado, con cinco votos a favor y uno en contra, un recurso de amparo presentado por una empleada que fue amonestada verbalmente por su empresa, tras descubrir la compañía que había utilizado un programa de mensajería instantánea instalado en uno de los ordenadores de la compañía para criticar a sus jefes.

MADRID, 22 Ene. (EUROPA PRESS) -
En la sentencia, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el alto tribunal defiende que la compañía no vulneró el derecho a la intimidad ni el de secreto de las comunicaciones de su empleada, ya que ésta había instalado sin permiso de la compañía un programa de mensajería instantánea, 'Trillian', en un ordenador común que no tenía clave y, por lo tanto, "sin ningún tipo de cautela".
"En este sentido, quedan fuera de la protección constitucional por tratarse de formas de envío que se configuran legalmente como comunicación abierta, esto es, no secreta", señala en su fallo el Constitucional.
Además, apunta que la actuación de la empresa no puede calificarse como vulneradora de ningún derecho constitucional "por cuanto que, además, la misma se produce a partir de un hallazgo casual de uno de los usuarios, trabajador de la empresa, que transmite su contenido a la dirección, ajustando ésta su actuación de control a un suficiente canon de razonabilidad, sin que se atisbe lesión de derechos fundamentales de las trabajadoras".
Las conversaciones que mantenían ambas trabajadoras, con comentarios" críticos, despectivos o insultantes" hacia otros compañeros, fueron descubiertas por un colega de trabajo que utilizaba ese mismo ordenador en 2004 y que denunció las conversaciones a la dirección. La empresa convocó a ambas a una reunión, en donde se leyeron algunas de las conversaciones y se las amonestó verbalmente, aunque ellas se defendieron afirmando que estaban "sacadas de contexto", según recoge el fallo.
Posteriormente, las dos trabajadoras interpusieron una demanda ante el un Juzgado de lo Social de Sevilla, y posteriormente, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que dio la razón a la compañía, lo que motivó que una de ellas presentara ante el Constitucional un recurso de amparo al entender que estos dos tribunales habían vulnerado su tutela de derechos fundamentales.
Según el fallo del Constitucional, "no cabe apreciar afectación del derecho a la intimidad desde el momento en que fue la propia demandante y otra trabajadora quienes realizaron actos dispositivos que determinaron la eliminación de la privacidad de sus conversaciones, al incluirlas en el disco del ordenador en el cual podían ser leídas por cualquier otro usuario, pudiendo trascender su contenido a terceras personas".
Además, el tribunal defiende el derecho de cada empresario, "en el ejercicio de sus facultades de autoorganización, dirección y control, fijar las condiciones de uso de los medios informáticos asignados a cada trabajador" y subraya que la compañía había prohibido a los empleados instalar en el ordenador programas sin permiso.
"En el marco de dichas facultades de dirección y control empresariales no cabe duda de que es admisible la ordenación y regulación del uso de los medios informáticos de titularidad empresarial por parte del trabajador, así como la facultad empresarial de vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones relativas a la utilización del medio en cuestión, siempre con pleno respeto a los derechos fundamentales", señala.

viernes, 18 de enero de 2013

¿ES TAN GRAVE COMO SE DICE, LA CORRUPCION POLÍTICA ESPAÑOLA?

Ayer, en el transcurso de la tertulia L'Alderique en la que participo habitualmente, pedí al conferenciante invitado su opinión sobre las razones por las que habiendo tanta corrupción como hay, apenas haya habido sentencias condenando a prisión a políticos o banqueros corruptos. Sin duda, porque estaba obligado a ser políticamente correcto, me contestó de modo aséptico, diciendo que el confiaba en la Administración de Justicia y en la Fiscalía y que tarde o temprano los que la han hecho... terminarían pagando.
 
Pues lo siento, yo no puedo confiar en una Administración de Justicia y en una Fiscalía politizadas que, frente a casos tan alarmantes como los que todos los días vemos en los medios de comunicación, apenas se esté haciendo nada o se esté actuando con una desesperante lentitud. ¿Cuáles son las razones por las que no puedo confiar?: Claramente es una sola razón. Ante tanta corrupción como ha habido y hay, sólo tres políticos, en treinta años de democracia,  han entrado en prisión y por supuesto ninguno de ellos ha devuelvo lo robado.
 
Sí, si. Sólo tres. Voy a enumerarlos: Uno es el famoso director de la Guardia Civil, Luis Roldán. El segundo fue Urralburu condenado a 11 años por participar en la trama navarra del caso Roldán anterior.  El tercero  es el antiguo Presidente de Cantabria, Hormaechea, que fue condenado a seis años por malversación, aunque finalmente no entró en la prisión al ser indultado por el Gobierno. Podría añadir a esta pequeña lista de tres,  a los famosos Barrionuevo y Vera que sí entraron en prisión, pero que fueron condenados por el caso GAL y no por la pasta que se habían llevado de los fondos reservados.  (he tratado de documentarme para ver si hay mas casos, pero no encontré nada). Si alguien conoce mas casos, por favor, que los añada.
 
Ante este resultado final de sólo tres políticos en prisión, si yo confiara en la Administración de Justicia, sin duda tendría que concluir que en España apenas hay corrupción política. Pero, evidentemente, esto no es así. Un día tras otro, los medios de comunicación sacan a relucir casos alarmantes, con unas cifras de dinero robado mareantes. En este momento creo que en España ya no hay ningún partido político que no esté salpicado por la corrupción. Y esto es realmente grave.
 
¿cómo es posible que todo el peso de la ley caiga sobre una pobre joven que ha sido condenada a cinco años de prisión, porque encontró una cartera en la calle y que utilizó la tarjeta de crédito que había en ella para comprarse productos por valor de 200€,  y en cambio cuando se trata de políticos o banqueros que literalmente roban fortunas, no pase nada? ¿realmente todos somos iguales ante la Ley?.  Es cierto, como principio jurídico, todos somos iguales ante la ley.. Pero yo añado, menos los políticos y banqueros corruptos.
 
El resultado final  es que, hoy, los niveles de corrupción política son insoportables y ante una cruda realidad como es esta, la Justicia mira para otro lado. Y claro, con ese blindaje, no me sorprende que los dirigentes políticos, haciendo alarde de un cinismo monumental, se limiten a mirarse el ombligo y decir: yo no sé nada, yo no me enteré de nada, a mi que me registren, que los jueces hagan su trabajo.
 
¡¡qué miserables!!
 
 
 
 
 
 

viernes, 11 de enero de 2013

CUIDADO CON LOS SERVICIOS TECNICOS

Hace algún tiempo sufrí en mis propias carnes las consecuencias de utilizar los servicios digamos "profesionales" de un SAT (Servicio de Asistencia Técnica) que en vez de repararme la lavadora, en realidad lo que me hizo fue algo parecido al "timo de la estampita". En este enlace http://www.servicioasistenciatecnica.com/  pueden ver la web del SAT en cuestión al tiempo que recomiendo al lector que en modo alguno utilice sus servicios.
 
Estos días en la ONG con la que colaboro, Fundación Cauce, se ha repetido la historia. Se bloqueó la caldera de la calefacción, buscaron un técnico en Google y tecleando "servicio técnico Roca en Oviedo" el buscador redireccionó a la página http://www.serviciotecnico.com.es/oviedo/. Dentro de una página muy bonita llena de adornos tales como servicio en el día, garantía, sello de confianza, etc.etc. apareció el tf 985285386. Llamaron, a ese número, tomaron datos y dos días después apareció un pseudotécnico que "reparó" la caldera por el módico precio de 180€, extendió la factura y se fue. El problema es que al día siguiente la caldera siguió estando como estaba. A partir de ahí infinidad de llamadas y nadie volvió a aparecer. Se tuvo que llamar al servicio Oficial de Roca que intervino y dijo "la caldera no está averiada", lo que tiene es exceso de carbonilla en el tubo de salida, con un aspirador la retiró y en 5 minutos el problema quedó resuelto. En resumen Cauce resultó estafada por unos delincuentes adornados de profesionales.
 
Como ya tenía mi propia experiencia personal, al tener en mis manos esta nueva incidencia, investigué a fondo y  tuve la oportunidad de conocer de modo muy completo el modus operandi de estos llamados SAT que hay que remarcar, no son oficiales de las marcas y que mas que dar servicio técnico, lo que persiguen es lucrarse  de los ciudadanos de buena fe que recurren a sus servicios.

¿Cómo operan estos servicios?: Muy fácil. Un avispado emprendedor monta una Web muy bonita, coloca logos con publicidad muy atractiva y empìeza a ofrecer en la red unos servicios técnicos profesionales. Alquila una pequeña oficina, instala un teléfono 902 y pone a una o dos personas para que se ocupen de atender las llamadas telefónicas de los incautos clientes. (estos van a ser los gastos fijos de este fantástico servicio técnico que va a ser capaz de prestar servicios de asistencia técnica a electrodomésticos de todo tipo de marca comercial y en cualquier lugar de España).

Paralelamente empieza a reclutar "técnicos" (en realidad estos técnicos son unos pobres hombres que tienen unas nociones elementales para reparar un electrodoméstico y probablemente también muy pocos escrúpulos). Se ponen en contacto con ellos y les ofrecen un negocio estupendo. ¿cual es ese negocio?. Mira, tu no tienes trabajo y por eso yo te voy a proporcionar un negocio con el que vas a ganar mucho dinero. Sólo tienes que hacer una pequeña inversión. Tienes que comprar un kit de herramientas que vas a necesitar para tu trabajo, pero no te preocupes que si no las puedes comprar te las facilito yo y el precio ya te lo descuento de tus primeros ingresos. Tienes que tener también un teléfono móvil operativo para que podamos localizarte y tienes que comprometerse a acudir al domicilio del cliente de modo inmediato.

Vale, acepto, me interesa este trabajo. Oye, pero que no es un contrato de trabajo eh. Lo que mi fantástica empresa de asistencia técnica te está ofreciendo es que seas nuestro representante en "Castalapaya de Arriba". ¿representante?. Si. Mira yo te voy a prestar toda mi logística empresarial de modo que todos los clientes que recurran a mis servicios te los voy a derivar a ti para que tu les des la asistencia técnica que necesiten. Es muy fácil. Tu te vas a cobrar el trabajo que hagas y a mi me vas a pagar el 20% de ese trabajo que factures,  en concepto de comisión por la logística que yo te presto a ti.

Bien, me parece bien.... pero... necesito que me aclares algo.Yo voy a ir al domicilio de un cliente, voy a verle la caldera y probablemente necesitaré cambiarle alguna pieza y yo no la voy a tener ¿me la facilitarás tu?. Que vaa. hombre.. si esto es muy fácil. Tu le dices a ese cliente que no la tienes en stok en el almacén y que necesitas pedirla a fábrica. Ah bueno... Pero es que, verás, yo no tengo dinero para pedir nada a fábrica. Que no es necesario hombre. Tu le dices al cliente que tienes que pedirla y que para asegurarte de que el cliente no va a dar marcha atras, tiene que hacerte un depósito previo de 50€  y que en ese anticipo está comprendida la salida del taller, el desplazamiento y la eleboración del presupuesto. Ves, ya tienes el dinero suficiente para comprar la pieza. ¿es facil eh?.

Ah bueno, no había caido en eso. Pero es que... tengo otra duda: Yo  solo reparé lavadoras Nisu y ahora probablemente tendré que reparar calderas de calefacción de muchas marcas y no voy a saber. Cómo que no vas a saber hombre. Si todos los electrodomésticos son iguales. Además, si tienes dudas no pasa nada. tu entras en la página web de la marca, te bajas los manuales y ya está. Ya tienes toda la información que necesitas. Si tu eres un tio listo hombre ¿eres emprenderor o no?. Porque, en nuestra empresa sólo queremos profesionales con madera de lideres eh....

Bueno, vale, como estoy tan jodido y necesito pasta para dar de comer a mi familia, acepto. Te felicito hombre, has dado un gran paso, ya eres representante del mejor SAT de España. Ahora haz los trámites para darte de alta como trabajador autónomo, a esperar llamadas de clientes y a forrarte.
 
Instalado ya como técnico de la SAT en cuestión, un cliente incauto como he sido yo o como ahora ha sido Cauce, entra en contacto con ese pseudo profesional. Llega, ve la caldera, la toca un poco y nota que vuelve a funcionar. Ya está resuelto, a cobrar 180 euros y a salir corriendo.  Al día siguiente la caldera vuelve a bloquearse.  ¿que ha pasado?. Pues que ese técnico que en principio intervino actuando de buena fe, se vio desbordado por dos cuestiones: Una que no conocía la tecnología de la caldera y dio con ello un diagnóstico erróneo. Otra que cuando se le llamó nuevamente para que volviera a ver el aparato que no funcionaba, se sintió abochornado porque no sabía como repararlo y no tuvo valor para volver y devolver el dinero cobrado indebidamente.
 
A la vista de esto  es importante hacer una recomendación: Cuando precise de un servicio técnico, no se precipite. Busque con calma, asegurese y llame sólo a servicios técnicos oficiales que son los únicos que le van a dar un servicio profesional y un trabajo garantizado legalmente. Si recurre a otros no oficiales puede encontrarse con meros oportunistas que le van a dejar probablemente colgado y en el peor de los casos cobrándole indebidamente por algo que no van a hacer.

Así que, !!Cuidado con los SAT no oficiales¡¡

¿QUIEN PILOTA ESPAÑA?

Están todos los pasajeros en la sala de embarque esperando la salida del vuelo, cuando de pronto ven a un piloto impecablemente uniformado con gafas oscuras y un bastón blanco tanteando el camino. Ante la sorpresa de los pasajeros una empleada de la compañía los tranquiliza diciendo: "es ciego, pero no se preocupen que es un copiloto muy experimentado".
 
Al poco rato llega el piloto también con un uniforme impecable, gafas oscuras y un bastón blanco, cogido al brazo de dos azafatas. La empleada del mostrador nuevamente dice " No se preocupen porque aunque el piloto es ciego es el mas experto de la compañía, y junto con el copiloto que vieron antes, forman un equipo experimentadísimo".
 
Con todos los pasajeros a bordo, el avión comienza a rodar por la pista, va cogiendo velocidad y los pasajeros empiezan a aterrorizarse. El avión sigue aumentando la velocidad, continúa la carrera por la pista, pero no despega. Entonces, prácticamente al final de la pista los pasajeros, presa de una histeria general empiezan a gritar como poseídos y entonces el avión toma vuelo. Ya en el aire el piloto le dice al copiloto "El día que los pasajeros no griten ¡¡nos vamos a la mierda todos!!.
 
Pues amigos mios, este chiste tiene una moraleja: Este avión es nuestra España, pilotada por ciegos que no ven o que no quieren ver la realidad. Esos ciegos políticos se limitan a rodar por la pista sin saber a donde vamos, sin saber cuando se acaba la pista, sin saber cuando hay que iniciar el despegue. Así que me temo que no vamos a tener mas remedio que GRITAR antes de que nos estrellemos. Si no reaccionamos, el tortazo estará asegurado.
 
 
 
 
 

viernes, 21 de diciembre de 2012

ALGO QUE CONVIENE RECORDAR AL SR MAS

Hoy, el Sr. Mas ha tomado posesión como Presidente de la Generalitat, y como era de esperar, en diferentes medios de comunicación siguió alardeando de su loco proyecto soberanista. Por eso, y como igual el Sr. Rajoy sigue estando muy ocupado en seguir aplicando recortes a los ciudadanos, que es lo que a el le importa, voy a tratar de sugerirle que tiene que hablar con el Sr. Mas para recordarle algunos preceptos de la Constitución Española y del Código Penal.
 
Artículo 1.2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.   Por tanto, la soberanía catalana reside en el pueblo español y en los poderes del Estado.
 
Artículo 4.2:  Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bendera de España en los edificios púbicos y en sus actos oficiales.  Así que Sr. Mas, vaya poniéndose manos a la obra y colocando la bandera española en todos los sitios.
 
Artículo 8.1: Las Fuerzas Armadas tienen como misión.....defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Así que Sr. Mas, ándese con tonterías que le mando al ejército para que actúe.
 
Artículo 45:  Los acuerdos de cooperación entre Comunidades Autónomas (por ejemplo País Vasco)... necesitarán la autorización de las Cortes Generales.
 
Artículo 155.1: Si una Comunidad Autónoma no compliere las obligaciones que la Constitución y otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma..... podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquellas al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.  Por tanto, Sr. Mas... a cumplir y sin rechistar eh.
 
Por si fueren pocos los preceptos constitucionales, también tenemos un Código Penal que en el artículo 472 y siguientes, tipifica el delito de Rebelión.
 
Artículo 472.5: Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
....Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
 
O incluso el artículo 506 que tipifica como delito : La autoridad que careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general será castigado con la pena de prisión....
 
Por todo ello, Sr. Rajoy, hable con el Sr. Mas y dígale que se atenga a las consecuencias,  y que si sigue adelante con su locura, será procesado, encarcelado y enviará al Ejército para que restablezca el orden constitucional, si es que alguno de sus socios pretende seguir adelante con el descabellado proyecto soberanista.
 Igualmente, de instrucciones ya al Fiscal General del Estado para que empiece a intervenir. Ya tiene material mas que suficiente en las hemerotecas para actuar tras sus reiteradas manifestaciones.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

miércoles, 19 de diciembre de 2012

LA POLITICA ESPAÑOLA ESTA ENFERMA


A mi no me sorprende nada que en Europa se resistan a mandarnos dinero para rescatarnos o que nos exijan duras condiciones para hacerlo. Yo, desde la óptica europea, mantendría esa misma posición.
 
Estamos en manos de unas desprestigiadas castas políticas, aliadas con las poderosas oligarquías financieras y económicas, cada vez mas alejadas de los ciudadanos, que están salpicadas de unos niveles de corrupción insoportables, que nos han endeudado de modo desproporcionado, que han permitido que las diecisiete comunidades autónomas funcionen sin control, como si se tratara de estados independientes y en la misma medida han permitido que la mayoría de los ayuntamientos estén materialmente en bancarrota
 
¿Cómo se ha podido permitir que haya 17 Comunidades Autónomas con todos sus órganos multiplicados por 17? ¿cómo se ha podido permitir que tengamos mas de 70 canales de televisión regionales y locales, con unas pérdidas descomunales? ¿cómo se puede permitir que haya 5.000 empresas públicas con unas pérdidas económicas inasumibles?. Para qué hablar de 17 Defensores del Pueblo o 17 servicios meteorológicos de 180 embajadas autonómicas o de tropecientos coches oficiales o de cientos de diputados autonómicos rodeados de un número aun mayor de asesores.

Ni mas ni menos que unos 130.000 millones, que representan el 12,2% del PIB, se están despilfarrando todos los años para pagar a estas castas políticas y a sus redes clientelares, salpicadas de corrupción por todos lados, rodeadas de opacidad y blindadas cuidadosamente para que no pueden ser juzgadas ante el Tribunal correspondiente. Dos tercios del gasto público provienen de las Autonomías, de las Diputaciones y de los Ayuntamientos.
 
Al menos a mi, los políticos no me pueden engañar diciéndome que hay una crisis porque los ciudadanos nos gastamos mas de lo que teníamos, o que tenemos unos salarios demasiado altos cuando se sabe que el 60% de la población activa gana menos de mil euros al mes. O que las pensiones en España son muy altas y por eso hay que congelarlas, cuando se sabe que el pensionista medio español cobra 785€, frente a la media de 1.145€ que cobran los jubilados europeos. O que trabajamos poco cuando se sabe que el trabajador medio alarga su jornada laboral unas cuantas horas todos los días.
 
En España hay mucho talento, hay capacidad empresarial, hay grandes profesionales de la ingeniería, la sanidad, la gestión,etc. En definitiva, podemos ser competitivos. Pero, entonces ¿Cuál es el problema?. A mi juicio nuestro problema no es  una crisis económica. Lo que tenemos es una crisis del sistema político. Y esto es muy importante para nuestro futuro, porque si no se desmonta este inoperante, ineficaz y corrupto sistema, la enfermedad crónica que estamos padeciendo en España, puede llegar a ser terminal.
 
Nuestro problema es un modelo de Estado regido por politócratas y partitócratas, en connivencia con los poderes financieros económicos, salpicado de corrupción por todas partes y rodeado de una inmensa red clientelar a la que se le pagan favores. Nuestro problema es un modelo de Estado donde se ha eliminado la separación de poderes y se ha hecho desaparecer la independencia del poder judicial. Nuestro problema es que tenemos a unos Diputados y a un Senado inútil, que sólo representan a los partidos que los han puesto en sus listas, pero que dan la espalda a los ciudadanos que los han votado. Nuestro problema es que los  políticos que nos gobiernan, nos llevan a que las clases trabajadoras seamos quienes pagamos los impuestos, mientras que blindan o favorecen a las grandes fortunas y a las grandes empresas para que eludan el pago de los impuestos que constitucionalmente les correspondería pagar (Con estos impuestos fiscalmente eludidos, sin ningún problema se podrían financiar las enormes partidas de la educación y la sanidad).
 
Nuestro problema es que esas Cajas de Ahorro gestionadas por políticos, con Bankia al frente, han dejado tras de sí un agujero monumental que ahora tenemos que pagar todos los ciudadanos. Y que yo sepa, aun no se ha condenado penalmente a nadie.
 
Nuestro problema es que tanto el anterior gobierno de Zapatero como ahora el de Rajoy, se han limitado a aplicar recortes sociales y a subir brutalmente los impuestos y se excusan diciendo que esto nos lo exige Europa.  Pero, sospechosamente, han mirado para otro lado cuando se trata de eliminar los ingentes e injustificados gastos de las Administraciones Públicas.  Poco a poco han ido destruyendo la pujante clase media que se había ido creando y paralelamente han favorecido la mas injusta de las distribuciones de riqueza de la OCDE.
 
Si ya no hay dinero, y no caben mas recortes sociales ni mas subidas de impuestos a las clases trabajadoras y jubilados, ¿cómo es posible que el Estado siga gastando el doble de lo que ingresa y no haga nada para adelgazar ese gran agujero de las duplicadas y triplicadas Administraciones que siguen despilfarrando porque consideran que eso de la consolidación presupuestaria y fiscal, no va con ellos?.
 
En España no sólo tenemos un serio problema de déficit presupuestario. Tenemos un grave déficit democrático y de representación de los ciudadanos. No nos merecemos ser gobernados por unas mediocres castas que no tienen ética política y menos aun, moral.

Soy optimista y estoy convencido que, aunque lentamente, estamos avanzando hacia los Estados Unidos de Europa. Se han dado pasos muy importantes en el Banco Central Europeo y también se están dando en la armonización fiscal y financiera. Cada vez mas, los órganos de gobierno y poder van a estar en Bruselas. Con esta visión de futuro, no hay lugar a duda de que en España se nos exigirá un control estricto del gasto y unas duras condiciones, porque tiene que ser así. Como consecuencia, progresivamente, desde Europa que es donde van a estar los órganos gobernantes, como no puede ser de otro modo, terminarán exigiendo a los políticos españoles una reforma de las estructuras del estado, una regeneración democrática y una verdadera participación ciudadana.
 
Si esto no llega pronto, que Dios nos pille confesados.