jueves, 27 de septiembre de 2012

NOTIFICACION DE UNA SENTENCIA POR CORREO ELECTRÓNICO

En España existe un Plan estatal de modernización de la justicia 2009-2012, en la que entre otras muchas cosas de pretendía implantar una justicia tecnológicamente avanzada, con sedes electrónicas, expedientes judiciales electrónicos. Este plan, de modo expreso establece que "los medios de comunicación telemática serán utilizados por los profesionales de la justicia y que el ciudadano podría recibir notificaciones judiciales electrónicas.

La realidad es que el año 2012 ya está finalizando y todo ha quedado en papel mojado. La Justicia sigue estando tecnológicamente obsoleta y todo esto ha quedado en una mera declaración de intenciones.  A título de ejemplo, no es posible notificar a un ciudadano una sentencia a través de su correo electrónico, de modo procesal correcto.

Pues mira por donde que hurgando en la red, me he encontrado con una sentencia dictada hace ya nueve años por un Juzgado de Colombia, en la que ya se notifica la sentencia enviándola al correo electrónico de los condenados.. Dejo el enlace: 


Como para presumir y mirar por encima del hombro a la Administración de Justicia de nuestros amigos sudamericanos.

2 comentarios:

  1. Por ahora, al menos en Asturias, todos los Juzgados notifican a los Procuradores las resoluciones a través de LexNet, que, como sabes, les llega a sus correos electrónicos, y luego nos lo reenvían a nosotros a nuestras cuentas de correo electrónico.

    Uno se podría preguntar, ¿para qué sirve la figura del Procurador porque parece el intermediario?

    ResponderEliminar
  2. Es cierto lo que dices de LexNet, y yo también me hago la misma pregunta respecto a la figura del Procurador.

    No obstante, el motivo de este post es que nueve años antes, nuestros Tribunales aun estaban en pañales tenológicamente hablando, y resulta que en Colombia ya se practicaba la notificación electrónica, incluso de modo directo a los condenados.

    ResponderEliminar