Resulta innegable que los Tribunales españoles están inmersos en un gran colapso debido a la enorme litigiosidad que tenemos (en torno a nueve millones de asuntos anuales, frente a los seis millones que por ejemplo se resuelven en Francia y que tiene mucha mas población que nosotros) y a la escasez de jueces (estamos muy por debajo del ratio de población/juez que hay en la UE). Contribuye también a este colapso la precariedad de los medios personales y materiales que tienen los juzgados, debido a que aun no han sido modernizados tecnológicamente.
En otros países desarrollados que también sufrían y sufren este problema, se están tomando medidas tendentes a la "desjudicializacion" de los asuntos que llegan a sus tribunales. Por ello, dado el grave problema que tiene nuestra justicia, cualquier medida que tienda a reducir el colapso, habría de ser bien acogida. Llegados a este punto lo que deberíamos de preguntarnos es ¿qué asuntos se pueden o no se pueden resolver sin que intervenga un Juez?
Probablemente, para empezar a dar pasos en esta dirección, hace unos días, el Ministro de Justicia Sr. Ruiz Gallardón ha anunciado que va a tramitar una nueva Ley de Mediación y Jurisdicción Voluntaria que, entre otras cosas, va a permitir que los Notarios tramiten matrimonios civiles y divorcios si hay acuerdo. Esta medida que ha sido muy bien acogida por los Notarios, y que considero puede ser buena, plantea bastantes dudas.
Veo muy claro que todos los actos de jurisdicción voluntaria y todos aquellos en que las partes estén de acuerdo, deben de ser retirados de las competencias de los jueces y que estas sean atribuidas a otros funcionarios públicos facultados para ello, tales como Secretarios de Juzgado, Notarios, Registradores, Alcaldes, Concejales, etc .Igualmente veo claro que el arbitraje y la mediación deben de ser potenciados. El gran problema es que muchos profesionales quieren para si lo mejor de la tarta a repartir y aquí es donde surge la controversia.
Los Notarios están encantados con la iniciativa y dicen que esto es un reconocimiento a su papel. Pero, pienso que realmente están encantados porque la medida contribuirá a que la maltrecha economía de sus Notarias (duramente castigada por la crisis económica), pueda mejorar sustancialmente con estas nuevas funciones que se les encomienden. A mi juicio, esta atribución a los Notarios tiene algunos problemas, ya que por una parte, probablemente será mas costoso para los ciudadanos. Por otra, no se puede dejar en el ámbito de su competencia, la tramitación de un divorcio de mutuo acuerdo cuando haya hijos menores, puesto que la intervención del Fiscal para tutelar los intereses de los menores, parece absolutamente necesaria. . Igualmente, el matrimonio en vez de una "institución" que ha de ser respetada y respetable, empezaría a tratarse como un mero "contrato" privado.
Los Secretarios Judiciales sostienen que han de ser ellos y no los Notarios, los que se encarguen de estos trámites y la razón parece obvia: Mientras que los Secretarios lo hacen gratis, los notarios van a cobrar un arancel. El problema es que, aun cuando su opinión parece razonable, los juzgados seguirían colapsados ya que se necesitaría de una modernización de medios materiales y de un incremento de funcionarios, algo que ahora no es posible tener, con las medidas de restricción del gasto público que se están practicando.
Los Abogados defienden el recurso a la Mediación y el Arbitraje, procedimiento privado que se está utilizando cada vez mas, y con buenos resultados, aunque en diferentes líneas. Parece que los Jueces también ven con muy buenos ojos este medio de resolución de conflictos. Aunque el costo del arbitraje es mayor, el asunto se resuelve de modo muy rápido y apenas se producen recursos que reenvíen el caso a los Juzgados. Este procedimiento del Arbitraje es algo cada vez mas extendido en los países desarrollados. En este momento en España ya hay del orden de cien Tribunales de Arbitraje, unos independientes o de Cámaras de Comercio y la mayoría en el seno de los Colegios de Abogados. En la práctica, a estos Tribunales están recurriendo grandes empresas y aunque los honorarios que se cobran están en función a la cuantía del litigio, las empresas recurren a ellos porque son procedimientos muchísimo mas rápidos que los de la justicia ordinaria.
Con las tres posiciones vistas antes, nos encontramos en este momento con una Ley aprobada por el anterior gobierno, el 22 de Septiembre, que pretende conseguir una agilización de los procedimientos judiciales, mediante la limitación de los recursos de apelación contra las sentencias que se pronuncien en asuntos cuya cuantía no exceda de 30.000€, o los recursos de casación de las sentencias que dicten los Tribunales Superiores de Justicia que excedan de 600.000€. Parece que esta ley está tratando de implantar una administración de justicia para ricos o para pobres, ya que los ciudadanos con pocos recursos, de modo evidente, están perdiendo su derecho al recurso de apelación.
Si bien es cierto que en este momento, en nuestro país, el 95% de los recursos de apelación se resuelven confirmando las sentencias dictadas en primera instancia y que por este motivo muchos piensen que esto resta eficacia a la velocidad que precisa la administración de justicia, también es cierto que una medida restrictiva de los recursos, perjudica a aquellos que tienen menos medios económicos. Es por tanto ahí, en ese 95% de los recursos planteados y confirmados por las instancias superiores, donde el arbitraje habría sido muy eficaz y en principio igual de costoso, ya que al igual que hay que pagar honorarios profesionales por el arbitraje privado, también habrían de pagarse honorarios de abogado y procurador en un procedimiento judicial.
Por todo lo dicho considero que cualquier medida que tienda a la reducción de las cargas de trabajo de los Jueces y Tribunales, ha de ser bienvenida. Puesto que frente al grave problema presupuestario que tenemos, resulta muy complicado invertir recursos económicos tendentes a modernizar la justicia, parece que la vía mas eficaz es el recurso a los procedimientos de Arbitraje y Mediación. Para ello, opino que esa Ley de Mediación y Jurisdicción Voluntaria que plantea el Ministro de Justicia, con todos los matices y consideraciones que he comentado antes, puede ser muy adecuada. Añadidamente también se precisaría de una potente campaña de información y comunicación de estos procedimientos extrajudiciales, al objeto de que todos los ciudadanos los conozcan, sepan cuales van a ser sus costos y de este modo puedan valorar si les conviene la resolución extrajudicial del conflicto o el recurso a la lenta administración de Justicia.
Yo, personalmente, apuesto indubitadamente por la jurisdicción voluntaria, la mediación y el arbitraje y en modo alguno creo, como piensan algunas personas, que lo que persiguen estas medidas es privatizar la justicia.
Estoy de acuerdo con el Comentario, Guillermo, en el que haces un ponderado y sensato análisis de las opciones de corrección de una situación de colapso que no se puede justificar, ni mantener, ni ocultar.
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