Una cosa es el Fiscal
General del Estado, que es nombrado directamente por el Gobierno y otra cosa
muy distinta es la Fiscalía o Ministerio Fiscal, que es un órgano constitucional integrado
funcionalmente en el Poder Judicial y que tiene encomendada la defensa de la
legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por
la Ley. En definitiva es el Ministerio Público, y por tanto se debe de entender
que los Fiscales han de tener independencia de criterio para perseguir una
justicia imparcial.
Consecuencia de esa
independencia, tras el anuncio del Fiscal General del Estado de que iba a dar
instrucciones para formular querella contra los dirigentes de la Generalitat
catalana por esa ilegal consulta que realizaron el 9 de Noviembre, la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia catalán consideró que esa instrucción era
improcedente, ya que no encontraba indicios de delito y por esa causa decidió
no aceptar la orden de su superior jerárquico. Ante esta situación, el Fiscal
General, al no considerar satisfactorias las razones alegadas, recurrió al
artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y reunió a la Junta de
Fiscales de Sala que se manifestó prácticamente por unanimidad, favorable a la
interposición de la querella.
Es cierto que el Fiscal
General del Estado es nombrado directamente por el Gobierno y que por tanto
cabría pensar, que seguía instrucciones del mismo para iniciar acciones legales
contra el Sr Mas y su gobierno de la Generalitat catalana, pero, como se ha
podido ver en este caso, la Fiscalía, aunque finalmente haya decidido conforme
a lo que le interesaba al Gobierno, lo ha hecho de modo autónomo, basándose en
los procedimientos legales establecidos
y no en criterios políticos. Es verdad que
ha habido discrepancias entre la fiscalía catalana y la Junta de
Fiscales, pero eso no debe de sorprender
a nadie, ya que el derecho no es una ciencia matemática y por eso todos
los días, en los Tribunales se ven sentencias que son recurridas a Tribunales
superiores que las invalidan en todo o en parte. Es por eso que, para evitar
indefensión por errores o defectos en las primeras instancias, los ciudadanos
pueden recurrir en apelación a instancias superiores.
Lo que sí ha quedado patente
en este conflicto, es que una cosa es el Fiscal General del Estado que puede
dar instrucciones bajo criterios políticos y otra muy distinta es el Ministerio Fiscal que ha de actuar bajo
criterios jurídicos. Es posible y yo lo pienso así, que la Fiscalía catalana
ciertamente actuó de modo correcto siguiendo su procedimiento estatutario, y
mantuvo un criterio opuesto al Fiscal General, probablemente influenciada por
las presiones ambientales que hay en Cataluña, que pesaron más que la lógica
jurídica, lógica que sí utilizó la Junta de Fiscales que, al estar alejada de
Cataluña, quizá no sintió esa presión ambiental y pudo ser más objetiva.
El resultado final es que,
hoy, siguiendo el procedimiento estatutario establecido, la Fiscalía ha
presentado querella contra el Sr. Mas y otros dirigentes del gobierno catalán,
por delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, desobediencia
y obstrucción a la justicia. No hacía falta ser jurista para adivinar que todo
ese montaje y ese juego trilero, para bordear e incluso saltarse directamente
la legalidad, para con todo tipo de estratagemas y argucias y de modo
absolutamente unilateral, llegar a esa ridícula consulta, tarde o temprano,
terminaría chocando con la ley.
A mi juicio, la querella
presentada hoy, ya no obedece a una voluntad política. Obedece a la autoridad
jurídica, no del Fiscal General del Estado, sino del Ministerio Fiscal. Ahora
le toca el turno a los jueces que, confío, en esa justicia imparcial,
terminarán sentando al Sr. Mas y a los miembros de su gobierno, en el banquillo
de los acusados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario