En el telediario de esta tarde he podido ver imágenes tomadas en la Sala del Tribunal Supremo, donde se está juzgando al Magistrado de la Audiencia Nacional Sr. Garzón. Se le veía sentado en estrados, al lado de su Letrado defensor, vistiendo toga con la insignia y las puñetas distintivas del rango de los Magistrados.
Como todo el mundo sabe, el Sr. Garzón fue suspendido cautelarmente en sus funciones de Magistrado, por el Consejo General del Poder Judicial, a la vista de los procedimientos que se seguían contra el en el Tribunal Supremo (La Ley Orgánica del Poder Judicial ordena al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspender cautelarmente a un juez imputado cuando el Tribunal acuerde haber lugar para proceder contra él). Poco tiempo después el mismo CGPJ le dió autorización para que pudiera trasladarse a Bruselas donde está realizando funciones como asesor en la Corte Penal Internacional.
Bien que se siente en estrados al lado de su defensor vistiendo toga, ya que este es un derecho que le corresponde a cualquier licenciado en derecho que en vez de sentarse en el banquillo de los acusados, tiene el privilegio de subir al estrado. Lo que no me parece nada bien es que se siente utilizando la insignia y las puñetas propias del rango de un Magistrado.
Y ¿por qué no me parece ni medianamente bien?. Pues porque el Reglamento del Consejo General del Poder Judicial 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales
Solemnes, en sus artículos 33 y 34 dice claramente que en los actos jurisdiccionales, los Magistrados como distintivo del cargo, llevarán sobre la toga una placa situada en el lado
izquierdo así como vuelillos blancos sobre fondo negro (puñetas) en las mangas de la toga.
Hoy el Sr. Garzón no está sentado en estrados ejerciendo ninguna función jurisdiccional, si no que está siendo juzgado por el Tribunal Supremo. Por tanto si no es juzgador si no que esta siendo juzgado, en modo alguno puede utilizar las distinciones propias de los Magistrados que están realizando sus funciones jurisdiccionales. Está por tanto actuando una vez mas de modo prepotente y provocador.
Si yo fuera el Presidente de la Sala que lo juzga, no dudaría en obligarlo a quitar de la toga su escudo y sus puñetas, distintivos estos que sólo podría recuperar si definitivamente fuera restituido en su cargo.
Guillermo, cuando dice que puede vestir toga, ya que este es un derecho que le corresponde a cualquier licenciado en derecho, me gustaría conocer la ley o norma que lo ampara por cuanto en mi opinión él comparece como acusado y no como abogado (no es abogado). El abogado sí puede vertir toga cuando se autodefiende o cuando asiste a su abogado (art. 38 Estatuto Abogacía) pero Garzón no es abogado.
ResponderEliminar¿Qué opinas?
Un saludo y gracias
Aitor Canales
aitorcanales@icam.es
No recuerdo ahora la norma que regula esto. No obstante hablando ayer con el Decano de un Colegio de Abogados si me corroboraba que existe la costumbre de que un Licenciado en Derecho (no es necesario de que sea Abogado) tiene la prerrogativa de subir al estrado y sentarse al lado de su defensor provisto de toga. Este Licenciado (no abogado) también tiene la facultad de autodefenderse y en este caso puede hacerlo desde el estrado, sin sentarse en el banquillo.
ResponderEliminarEn el caso de que el Sr. Garzón hubiere decidido autodefenderse, podría haberlo hecho desde el estrado sin sentarse en el banquillo, pero eso sí, sin puñetas y sin el escudo de su rango de Magistrado.
Estoy de acuerdo con Vd. Creo que a Garzón lo están juzgando mas por su prepotencia que por sus decisiones judiciales, que claro está, tambíén son cuestionables legalmente hablando.
ResponderEliminarCarlos Suárez
Estoy totalmente de acuerdo con los abogados que no creen que lo jueces deban usar toga y con los foristas que han comentado. Excelente pagina amigos
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